REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
MATURIN; DOCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL ONCE
201º y 152º
Vista la anterior diligencia suscrita por el Abogado en ejercicio JOSE EDUARDO RAMOS RAVELO, actuando con el carácter de autos, mediante la cual solicita que se le fije fecha y hora para el acto de aceptación y juramentación del perito evaluador JOSE MARIA VILLACRESES, titular de la cédula de identidad N° 8.352.481, al respecto, el Tribunal observa, lo siguiente:
Si bien es cierto que de las actas procesales se evidencia que el solicitante consignó currículum vital del perito mencionado, aun no ha nacido la oportunidad del acto de designación de expertos, para el justiprecio del bien objeto del embargo ejecutivo, razón por la cual este Tribunal niega tal solicitud, Y así se decide.
ABOG. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA
ABG. YOHISKA MUJICA LUCES
Exp N° 31.647
tula