REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, veintiséis de Mayo de dos mil once


201° y 152°

Vista la anterior diligencia suscrita por el ciudadano Alguacil de este Despacho, en la cual declara lo siguiente: “…que consigna una boleta de notificación que le fue entrega para notificar a EDWAR CRUZ GUTIERREZ CADABEL, en su carácter de Presidente de la Asociación Cooperativa La Matancera 990 y a su apoderado judicial Víctor Rívas Durán, en la cual notifiqué al apoderado judicial y le expliqué que este Tribunal repuso la causa al estado de admitir las pruebas aportadas, negándose a firmar la boleta de notificación…”; este Tribunal en virtud de la exposición del ciudadano Alguacil y la negativa del ciudadano que se ordenó notificar y vista que es una notificación para la continuación del juicio, considera dicha notificación debidamente válida y se tiene por notificado Y así se decide.-



DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL


ABG. YOHISKA MUJICA LUCES
SECRETARIA

EXP 32.230
tula