ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-006117
PARTE ACTORA: LAURA ELIZABETH VIEIRA ORTA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: HECTOR LUIS VARGAS
PARTE DEMANDADA: BANCO DE VENEZUELA, S. A. BANCO UNIVERSAL
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: BERROTERAN VELASQUEZ EDGAR EDUARDO
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIOENS SOCIALES
En el día hábil de hoy, veinticinco (25) de mayo de dos mil once (2011), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece por ante este Despacho el Abogado BERROTERAN VELASQUEZ EDGAR, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 129.992, en su condición de apoderado judicial de la empresa demandada BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVRSAL. En este estado, se deja expresa constancia que la parte actora ciudadana LAURA ELIZABETH VIEIRA ORTA, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 201° y 152°.
EL JUEZ
ABG. ALCY SALAZAR LOZADA
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. KEYU ABREU
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