REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 20 de mayo de 2011
201º y 152º
ASUNTO N° AP41-U-2011-000118.- INTERLOCUTORIA Nº 65.-
Visto el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 29 de marzo de 2011, por la ciudadana MARÍA LUISA ROSSI, titular de la cédula de identidad Nº 3.986.501, actuando en su carácter de Administradora de la contribuyente “CALZADOS M.R., C.A.”, debidamente asistida por el ciudadano IVÁN LÓPEZ RUIZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.969.748 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 58.705; en contra de la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2011-000022 de fecha 26 de enero de 2011, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se declaró INADMISIBLE, el recurso jerárquico interpuesto en fecha 19 de julio de 2007 por la contribuyente supra mencionada, y en consecuencia confirmó la Resolución Nº 3014 (Decisiones 1/21 a la 21/21), contenidas en las planillas de liquidación que se describen a continuación:
Período Planillas de Liquidación Nº Fecha Sanción U.T.
febrero-2003 01-10-01-2-26-000561 23/02/2006 102
marzo-2003 01-10-01-2-26-000562 23/02/2006 25
mayo-2003 01-10-01-2-26-000563 23/02/2006 25
julio-2004 01-10-01-2-27-000398 23/02/2006 25
junio-2004 01-10-01-2-26-000564 23/02/2006 23,5
diciembre-2003 01-10-01-2-26-000565 23/02/2006 19,5
julio-2003 01-10-01-2-26-000566 23/02/2006 19
enero-2004 01-10-01-2-26-000567 23/02/2006 18,5
mayo-2004 01-10-01-2-26-000568 23/02/2006 17
abril-2004 01-10-01-2-26-000569 23/02/2006 15,5
septiembre-2003 01-10-01-2-26-000570 23/02/2006 14,5
agosto-2003 01-10-01-2-26-000571 23/02/2006 13,5
junio-2003 01-10-01-2-26-000572 23/02/2006 13
julio-2004 01-10-01-2-25-000078 23/02/2006 12,5
marzo-2004 01-10-01-2-26-000573 23/02/2006 12
abril-2004 01-10-01-2-26-000574 23/02/2006 10,5
octubre-2003 01-10-01-2-26-000575 23/02/2006 9,5
febrero-2004 01-10-01-2-26-000576 23/02/2006 9,5
noviembre-2003 01-10-01-2-26-000577 23/02/2006 6
diciembre-2002 01-10-01-2-26-000578 23/02/2006 2,5
enero-2003 01-10-01-2-26-000579 23/02/2006 2,5
TOTALES 396
Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante del contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho recurso contencioso tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los veinte (20) días del mes de mayo del año dos mil once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Sánchez Aullón.
El Secretario Titular,
Abg. Félix José España González.-
ASUNTO Nº AP41-U-2011-000118.-
JSA/dgo.-
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