REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 2 de Mayo de 2011.
201º y 152º
ASUNTO: AP41-U-2010-000566. Sentencia Interlocutoria N° 72/2011.
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha catorce (14) de Abril de 2011, por la ciudadana Betzayda Vera Torrealba, titular de la cédula de identidad N° 11.202.540 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 58.907, actuando en su carácter de sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República, constante de seis (06) folios útiles y copia certificada del expediente administrativo constante de cuatrocientos veinticinco (425) folios útiles, por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. La evacuación de las pruebas promovidas se realizará de la siguiente manera:
1.- DOCUMENTALES: Se reproduce el valor probatorio y fueron agregados a los autos los documentos promovidos anexos al escrito de promoción de pruebas e identificados en el Capítulo I.
El Juez Provisorio,
Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.
La Secretaria,
Armanda Olga De Abreu Faría
GAFR/Oda/db.
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