En horas de Despacho del día de hoy, Diecisiete (17) de Mayo de 2011, a las 9:30 AM de la Mañana, siendo la oportunidad fijada para la comparecencia ante este Tribunal, se presentan los ciudadanos YELITZA JOSEFINA DIAZ RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V 15.471.283 quien acepta en toda y cada una de sus partes el ofrecimiento de Obligación de manutención y solicita que las cantidades ofrecidas le sean entregadas en efectivo dentro de los primero cinco días de cada mes y el ciudadano FERNANDO JOSE GARCÍA LEON, parte Oferente, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V 10.358.718, quien expone que cumplirá cabalmente con lo ofrecido y que las cantidades de dinero serán entregadas en efectivo. Es todo, se leyó y conformen firman.-
LA JUEZA PROVISORIA
ABG MAIRA ZIEMS LAS PARTES
YELITZA DIAZ


FERNANDO GARCÍA


LA SECRETARIA
ABG JHEYSA ALFONZO
EXP 23.479 MZ/JA/MA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO BANCARIO Y PROTECCION DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
LA VICTORIA, 17 DE MAYO DE 2011
201º y 151º

Visto el CONVENINIMENTO celebrado entre las partes en esta misma fecha; el Tribunal le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con el articulo 315 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le da carácter de cosa juzgada da por terminado el juicio, y ordena el archivo del expediente.-
LA JUEZA PROVISORIA
ABG MAIRA ZIEMS LA SECRETARIA
ABG JHEYSA ALFONZO
EXP 23.479 MZ/JA/MA