REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, Diecisiete (17) de Mayo del 2011
201º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2011-008464
Vista la solicitud de Autorización para tramitar expedición de Pasaporte, presentada por la ciudadana EDECIA COROMOTO CHIRINOS RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.766.003, asistida por la abogado Miriam Vivas, en su carácter de Defensora Pública Cuarta (4°) mediante la cual solicita la autorización judicial para la expedición del pasaporte de su hija; se Admite por no ser contraria a la Ley ni al orden público. En consecuencia, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONCEDE AUTORIZACIÓN PARA LA EXPEDICIÓN DEL PASAPORTE de la niña (SE OMITE SU NOMBRE) a su madre, la ciudadana EDECIA COROMOTO CHIRINOS RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.766.003, ante las autoridades correspondientes; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se INSTA al solicitante a consignar los fotostatos requeridos a fin de su certificación por secretaría, y remitirla mediante oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), a fin de su entrega a la parte interesada. Cúmplase -.
LA JUEZ,
Dra. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA
Abg. ADRIANA MIRELES
LCD/AM/Abg. Tania Montero
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