REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, tres de mayo de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: DP11-L-2010-001412
PARTE ACTORA: ciudadano ALBERTO ROSALINO PEREZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No.6.590.677.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LAURA RODRIGUEZ, inscrita en el INPREABOGADO No.127.741.

PARTE DEMANDADA: IMPREGILO SPA C.A. SUCURSAL DE VENEZUELA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NANCY PADRINO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.54.020.
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL.

En el día hábil de hoy martes, en la fecha arriba señalada, siendo las 10:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano ALBERTO ROSALINO PEREZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No.6.590.677 y su apoderada judicial, carácter este que consta al folio 22 de los autos y por la empresa demandada IMPREGILO SPA C.A. SUCURSAL DE VENEZUELA la abogada NANCY PADRINO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 54.020, carácter que consta de instrumento poder que consigna en este acto en copia, el mismo fue revisado por el apoderado judicial de la parte actora. La ciudadana Jueza, declaró abierto el acto y continúo con la mediación. En este estado la parte demandada expone: A los fines de hacer uso de los medios alternativos de solución de conflictos como es la mediación ofrece al trabajador ALBERTO ROSALINO PEREZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No.6.590.677 la cantidad de BOLIVARES CINCUENTA MIL (Bs.50.000,00), que comprende Bs.45.000,00 por los conceptos establecidos en la Ley de Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo articulo 130 ordinal 4 y Bs.5.000,00 por daño moral, para ser entregado mediante cheque el día 31 de Mayo 2011 a las 10:00 a.m en actuación conjunta por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial. Las PARTES señalan que la finalidad de la presente mediación es precaver y evitar litigios eventuales y futuros por vía administrativa o judicial, de carácter civil, laboral y/o penal, EL DEMANDANTE se compromete expresamente a no intentar contra LA EMPRESA ni por sí, ni por intermedia persona, ninguna acción, reclamo pedimento o demanda de ninguna naturaleza, por los conceptos discriminados e indicados en el libelo, sobre los cuales otorgan un cabal y absoluto finiquito. Igualmente, el ciudadano ALBERTO ROSALINO PEREZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad No.6.590.677 manifiesta que esta conforme con el monto ofrecido por la parte patronal y con dicha cantidad la empresa demandada no tiene nada que adeudarme por los conceptos demandados.