REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, JUEVES 17 de Noviembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-001064
ASUNTO : NP01-P-2011-001064


Corresponde a este Tribunal pronunciarse en la presente causa, en la cual el defensor de la ciudadana YUDITH DEL CARMEN BEJARANO, Abg. SIMON MORAO (Defensor Público Décimo Quinto Penal) solicitó la REVISION DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa sobre la misma, observándose lo siguiente:

Aduce el defensor que su patrocinada reencuentra detenida en la Comandancia de la Policía del Estado desde el mes de Febrero de este año, y aún no se ha realizado la AUDIENCIA PRELIMINAR, y como quiera que una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACION DE LIBERTAD es procedente, es por lo que requiere la misma.-

No es cierto, del todo, lo alegado por la defensa, en cuanto a que la revisión de la medida deba otorgársele, puesto que sobre ella pesa una MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, debidamente otorgada por un Juez competente para ello, y no será sino hasta la AUDIENCIA PRELIMINAR en que se puedan verificar cualquier circunstancia propia de tal audiencia.-

Por lo tanto, luego de REVISAR la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa sobre la ciudadana YUDITH DEL CARMEN BEJARANO, este Tribunal ACUERDA MANTENER la misma en los términos en que fue dictada.-

Se declara SIN LUGAR la solicitud de la defensa.-

Regístrese, déjese copia y notifíquese.-



La Jueza,


ABG. YLCIA PÉREZ JOSEPH.-

La Secretaria,

Abg.