REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ESTADO MONAGAS

Maturín, 15 de Noviembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-007189
ASUNTO : NP01-P-2010-007189


Vistos los recaudos consignados por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, en fecha primero de los corrientes; aunado a la solicitud interpuesta por la ciudadana Obeira del Valle Maurera Contreras, mediante el cual requiere la entrega del vehículo marca Fiat, modelo Uno, tipo sedan, año 2002, placas NAL-38H, color verde, serial de motor 6339346, serial de carrocería 9BD15824024378551; este Juzgado para decidir previamente observa lo siguiente:

UNICO: La ciudadana Obeira del Valle Maurera, en su rol de solicitante en el escrito interpuesto, manifiesta estar debidamente autorizada por el ciudadano Robert José Marcano Arzolay para tramitar la entrega del vehículo marca Fiat, modelo Uno, tipo sedan, año 2002, placas NAL-38H, color verde, que fue retenido con ocasión a los hechos investigados en el presente asunto; y al efecto cursa del folio 136 al 139 documento expedido por el funcionario Abg. Carlos Barrios Loroño, en su carácter de Notario Público Segundo de esta ciudad, mediante el cual certifica que en fecha 22/11/2010, a la requirente le fue otorgado Poder Especial, por el ciudadano Robert José Marcano Arzolay, para que en su nombre tramitara todo lo concerniente al vehículo marca Fiat, modelo Uno S “BASE”, placas NAL-38H, color verde, serla de motor 6339346, serial de carrocería 9BD15824024378551; el cual le pertenecía según Certificado de Registro de Vehículo emitido por el Ministerio de Infraestructura en fecha 29/11/2006 bajo el N° 25374109 (Documento éste que cursa igualmente en la actuaciones). Es de hacer notar, que aún cuando de la Experticia efectuada al vehículo que nos ocupa en fecha 07/09/2010, suscrita por los funcionarios José Jiménez y Rogert Ramos, adscritos a la Sub-Delegación Maturín del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas (folio 28, fase investigativa), arroja como resultado que el serial de motor (6339346) se encontraba original, pero por el contrario la chapa identificativa del serial de carrocería se encontraba removida; no es menos cierto, que el referido vehículo no estaba solicitado para el momento de su retención, tal como consta del acta policial que riela a los folios 13 y 14 de la fase de investigación, suscrita por el funcionario Wilfredo Yejans; aunado al hecho de que hasta el presente no se encuentra requerido por otra persona; por ello estima quien aquí se expresa, amparado en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, y el contenido de la decisión N° 338 de fecha 18/07/2006 emitida por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia; y dado que en el presente caso se dictó sentencia absolutoria, publicada en fecha 06/05/2011; que lo procedente y ajustado a derecho será ENTREGAR EN CALIDAD DE DEPOSITO el vehículo en mención a la ciudadana Obeira del Valle Maurera Contreras, con la obligatoriedad la misma de llevar dicho bien, ante la autoridad que ordene el Tribunal, las veces que lo considere pertinente. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA ENTREGAR EN CALIDAD DE DEPOSITO el vehículo marca Fiat, modelo Uno S “BASE”, placas NAL-38H, color verde, serla de motor 6339346, serial de carrocería 9BD15824024378551, a la ciudadana OBEIRA DEL VALLE MAURERA CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V-13.055.126, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el contenido de la decisión N° 338 de fecha 18/07/2006 emitida por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se ordena el desglose legal para entregar la documentación a la referida ciudadana del vehículo descrito.

Regístrese, diarícese, déjese copia certificada, y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio al Encargado del Estacionamiento El Rincón, ubicado en esta ciudad.
EL JUEZ


ABG. JOSE E. FRONTADO JIMENEZ

LA SECRETARIA

ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA