REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MATURÍN
En horas del día de hoy, 01 de Noviembre de 2011, siendo las 10:30 a.m. se trasladó y constituyó este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en compañía del Abogados Rubén Hidalgo y Freddy Campos, I.P.S.A Nº 148.165 y 42.041, respectivamente, en un inmueble ubicado en la urbanización San Miguel, sector los Potreros, casa Nº 03 Maturín Estado monagas. El Tribunal se hizo acompañar por una comisión policial a cargo de del oficial Richard Morocoima, C.I Nº 15.266.455. Constituidos en dicho sitio se hizo presente una persona que se identificó como Marianela Rodríguez, C.I Nº 4.624.118 a quién se le notificó de la misión del tribunal y quién solicito un tiempo de espera de veinte (20) minutos para que llegara al sitio el ciudadano Carlos Campos Valles, manifestando que se encontraba cerca, lo cual se le acordó dejándose transcurrir este tiempo íntegramente haciéndose presente el ciudadano Carlos Campos Valles, C.I Nº 11.232.824 a quién se le notificó de la misión del tribunal. Acto seguido la parte ejecutante expone: “Señalo para ser embargados preventivamente los siguientes bienes muebles: 1) Una nevera marca Samsung de cuatro puertas, color gris sin serial visible. 2) Una lavadora color blanco y secadora marca Frigidaire. 3) una batería musical marca Jugos con sus implementos color azul. 4) un juego de recibo compuesto por un sofá de dos partes, color rojo y dos baterías color negro y su mesa de centro con base de madera y tope de vidrio. 5) un televisor marca Phillips tipo plasma sin serial visible. 6) un televisor marca Samsung, tipo plasma sin serial visible. 6) un televisor marca Samsung, tipo plasma sin serial visible. 7) un televisor marca panasonic, tipo plasma sin serial visible.8) una computadora tipo lapto marca mar book sin serial visible. 9) una computadora mini lapto marca accer serial: 0043-192-977-544. 10) una moto marca Empire color azul de cuatro ruedas. 11) un juego de comedor compuesto por una mesa redonda de madera con cuatro sillas de hierro con cojines en semicuero. 13). Un sofá de 4 puertas color beige. 14) un sofá de tres puestos de madera con bases de hierro y sus tres cojines reservándome a todo evento el derecho de seguir embargando bienes propiedad de la parte demandada.” Es todo. En este acto se hizo presente el abogado Oscar Luis Padra Martinez, C.I Nº 12.794.413, IPSA Nº 100.325 a quien se le notificó de la misión del tribunal asistiendo al demandado. El tribunal visto lo anterior declara embargados preventivamente los bienes antes descritos y designa perito avaluador al ciudadano Ezequiel Calzadilla, C.I Nº 2.334.942, quien acepto el cargo, prestó el juramento de Ley y expone: “Se va a hacer la cancelación de la deuda total en dos pagos uno por el monto de cien bolívares (Bs. 100.000,00), en este acto y el monto y el monto de doscientos cincuenta y nueve mil doscientos cincuenta bolívares (Bs. 259.000,00) para el día 15/11/2011 por el tribunal de la causa Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Monagas. Es todo. En este acto la parte ejecutante expone. “acepto el convenimiento ofrecido por la parte demandada el cual incluye las costas y honorarios profesionales y hacemos la salvedad que en ese caso de incumplimiento del pago ofrecido el día 15/11/2011 se embargaran ejecutivamente los bienes embargados en este acto y se abreviará el proceso nombrando un solo perito y en un solo cartel de remate es todo. Seguidamente este tribunal deja los bienes embargados preventivamente previo acuerdo entre las partes bajo la guarda y custodia del demandado Carlos Campos, ya identificado, quien aceptó el cargo, prestó el juramento de Ley y recibió los bienes conformes. Acto seguido la parte ejecutante expone: “El pago ofrecido en este acto de cien mil bolívares no ha sido recibido, se ha pactado que el mismo se recibirá en cheque el día de hoy a las 3:00 p.m. No habiendo otros señalamientos se concluye el acto y se ordena el regreso a la sede, siendo las 2:00 p.m Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza El demandado y Notificado
Abogado Asistente
Comisión Policial
Los Ejecutantes
La secretaria.
En horas del día de hoy, 01 de Noviembre de 2011, siendo las 10:30 a.m. se trasladó y constituyó este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en compañía del Abogados Rubén Hidalgo y Freddy Campos, I.P.S.A Nº 148.165 y 42.041, respectivamente, en un inmueble ubicado en la urbanización San Miguel, sector los Potreros, casa Nº 03 Maturín Estado monagas. El Tribunal se hizo acompañar por una comisión policial a cargo de del oficial Richard Morocoima, C.I Nº 15.266.455. Constituidos en dicho sitio se hizo presente una persona que se identificó como Marianela Rodríguez, C.I Nº 4.624.118 a quién se le notificó de la misión del tribunal y quién solicito un tiempo de espera de veinte (20) minutos para que llegara al sitio el ciudadano Carlos Campos Valles, manifestando que se encontraba cerca, lo cual se le acordó dejándose transcurrir este tiempo íntegramente haciéndose presente el ciudadano Carlos Campos Valles, C.I Nº 11.232.824 a quién se le notificó de la misión del tribunal. Acto seguido la parte ejecutante expone: “Señalo para ser embargados preventivamente los siguientes bienes muebles: 1) Una nevera marca Samsung de cuatro puertas, color gris sin serial visible. 2) Una lavadora color blanco y secadora marca Frigidaire. 3) una batería musical marca Jugos con sus implementos color azul. 4) un juego de recibo compuesto por un sofá de dos partes, color rojo y dos baterías color negro y su mesa de centro con base de madera y tope de vidrio. 5) un televisor marca Phillips tipo plasma sin serial visible. 6) un televisor marca Samsung, tipo plasma sin serial visible. 6) un televisor marca Samsung, tipo plasma sin serial visible. 7) un televisor marca panasonic, tipo plasma sin serial visible.8) una computadora tipo lapto marca mar book sin serial visible. 9) una computadora mini lapto marca accer serial: 0043-192-977-544. 10) una moto marca Empire color azul de cuatro ruedas. 11) un juego de comedor compuesto por una mesa redonda de madera con cuatro sillas de hierro con cojines en semicuero. 13). Un sofá de 4 puertas color beige. 14) un sofá de tres puestos de madera con bases de hierro y sus tres cojines reservándome a todo evento el derecho de seguir embargando bienes propiedad de la parte demandada.” Es todo. En este acto se hizo presente el abogado Oscar Luis Padra Martinez, C.I Nº 12.794.413, IPSA Nº 100.325 a quien se le notificó de la misión del tribunal asistiendo al demandado. El tribunal visto lo anterior declara embargados preventivamente los bienes antes descritos y designa perito avaluador al ciudadano Ezequiel Calzadilla, C.I Nº 2.334.942, quien acepto el cargo, prestó el juramento de Ley y expone: “Se va a hacer la cancelación de la deuda total en dos pagos uno por el monto de cien bolívares (Bs. 100.000,00), en este acto y el monto y el monto de doscientos cincuenta y nueve mil doscientos cincuenta bolívares (Bs. 259.000,00) para el día 15/11/2011 por el tribunal de la causa Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Monagas. Es todo. En este acto la parte ejecutante expone. “acepto el convenimiento ofrecido por la parte demandada el cual incluye las costas y honorarios profesionales y hacemos la salvedad que en ese caso de incumplimiento del pago ofrecido el día 15/11/2011 se embargaran ejecutivamente los bienes embargados en este acto y se abreviará el proceso nombrando un solo perito y en un solo cartel de remate es todo. Seguidamente este tribunal deja los bienes embargados preventivamente previo acuerdo entre las partes bajo la guarda y custodia del demandado Carlos Campos, ya identificado, quien aceptó el cargo, prestó el juramento de Ley y recibió los bienes conformes. Acto seguido la parte ejecutante expone: “El pago ofrecido en este acto de cien mil bolívares no ha sido recibido, se ha pactado que el mismo se recibirá en cheque el día de hoy a las 3:00 p.m. No habiendo otros señalamientos se concluye el acto y se ordena el regreso a la sede, siendo las 2:00 p.m Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza El demandado y Notificado
Abogado Asistente
Comisión Policial
Los Ejecutantes
La secretaria.