REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Expediente Nº AP41-U-2011-000408 Sentencia Interlocutoria N° 174/2011
Visto el recurso contencioso tributario interpuesto, por el ciudadano José Alberto Rodríguez Corte, titular de la cédula de identidad Nº 12.715.924, actuando en su carácter de representante legal de LA TABERNA DE DON BASILIO, C.A., quien esta asistido por el ciudadano José Luis Blanco H., abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 72.496; contra la Resolución Nº GRLL-DJT-RJ-2009-IPE 000108, emanada el 22 de septiembre de 2009, de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Los Llanos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual declaró inadmisible por extemporáneo el recurso jerárquico ejercido contra la Resolución Nº GRLL/RLL/DF/2019/2008-01830 del 29 de diciembre de 2009, en la que se impuso multa a la contribuyente por 1.225 U.T. por incumplimiento de deberes formales en materia de impuesto al valor agregado. Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario, este Tribunal observa que: se encuentran cumplidos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de un acto administrativo recurrible en la vía jurisdiccional, impugnado ante la autoridad competente, dentro del plazo legal, mediante escrito en el cual se funda, y consta la cualidad y el interés de la recurrente, quien se encuentra representada de profesional del derecho, y la Administración Tributaria no se opuso a su admisión, este Tribunal Superior cuarto de lo Contencioso Tributario ADMITE el presente recurso contencioso tributario en cuanto ha lugar en derecho, dejando su apreciación para la definitiva; procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 268 y siguientes del Código Orgánico Tributario.
El Tribunal advierte que la causa queda abierta a pruebas de acuerdo a lo previsto en el artículo supra mencionado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas a los diez (10) día del mes de noviembre del año dos mil once (2011). Año 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
LA JUEZ,
MARIA INES CAÑIZALEZ
LA SECRETARIA,
KATIUSKA URBAEZ
Exp. N° AP41-U-2011-0000408
ms
|