REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE PROTECCIÓN Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
LA VICTORIA

Expediente 22.718
Demandante LAURYTH NAZARETH TOVAR VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 13.241.571, domiciliada en la Urb. La Mora, Calle 49, Casa N°: 24, La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua
Demandado ELIAS JESUS DIAZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 6.243.211, domiciliado en la Urb. La Mora, Av. 9, Casa N°: 10, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua
Motivo HOMOLOGACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de sus hijos ******* y ///////////


Se inicia el presente procedimiento de Obligación de Manutención, por demanda presentada en fecha 11/05/2009, por la ciudadana LAURYTH NAZARETH TOVAR VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 13.241.571, domiciliada en la Urb. La Mora, Calle 49, Casa N°: 24, La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, quien actúa en nombre y representación de sus hijos LAYHONIL LEANDRO y LAYNETH NAZARETH, contra el ciudadano ELIAS JESUS DIAZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 6.243.211, domiciliado en la Urb. La Mora, Av. 9, Casa N°: 10, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua; asignandosele el N°: 22.718, para su control en el archivo.-
NARRATIVA
En fecha 12/05/2009, es admitida la demanda y se ordenó emplazar al demandado, librandose copia certificada y boleta de citación; asimismo se ordenó y apertura el Cuaderno de Medidas, y se decreto las retenciones preventivas, a fin de garantizar el interés superior de los niños Layhonil Leandro y Layneth Nazareth, a tal fin se ordenó oficiar a la empresa Vencerámica y se ordeno la apertura de la cuenta de ahorro en el Banco Bicentenario.- Posteriormente compareció la actora y señala que el demandado presta servicios para la empresa Serenos Los Andes, por lo que se libra oficio N°: 1786, de fecha 22/06/2009.-
En fecha 26/01/2010, se le ordenó a la empresa Serenos Los Andes, que debía realizar los deposito, a mas tardar los primeros 5 días de cada mes.-
En fecha 03/11/2011, quien suscribe, se aboca al conocimiento de la presente causa y seguidamente, los ciudadanos LAURYTH NAZARETH TOVAR VARGAS y ELIAS JESUS DIAZ MENDOZA, comparecieron con el objeto de realizar el CONVENIMIENTO en el procedimiento de Obligación de Manutención, a favor de sus hijos LAYHONIL LEANDRO y LAYNETH NAZARETH.-
MOTIVA
De las actas que conforman el expediente, se observa observa, que:
El ciudadano ELIAS JESUS DIAZ MENDOZA, realizó el ofrecimiento de convenio en los siguientes términos: Primero: El ciudadano: ELIAS JESUS DIAZ MENDOZA, se compromete a suministrar la cantidad de Cuatrocientos Bolívares (Bs. 400), mensuales, por concepto de Obligación de Manutención, que deberán ser depositado mensualmente en la cuenta de ahorro N°: 0134-0131-42-1312237313, del Banco Banesco, a nombre de LAYHONIL LEANDRO, titular de la Cédula de Identidad N°: 25.618.298, representado por su madre la ciudadana LAURYTH NAZARETH TOVAR VARGAS, ya identificada; comprometiéndose el ciudadano ELIAS JESUS DIAZ MENDOZA, a que esta cantidad se incrementará anualmente, en la misma proporción que le sea aumentado el sueldo.- Segundo: El ciudadano: ELIAS JESUS DIAZ MENDOZA, se compromete a cubrir los gastos médicos (consulta, exámenes y medicinas), que requieran sus hijos LAYHONIL LEANDRO y LAYNETH NAZARETH.- Tercero: El ciudadano: ELIAS JESUS DIAZ MENDOZA, se compromete a suministrar en el mes de Diciembre, la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000) para los Gastos de Navidad.- Cuarto: El ciudadano: ELIAS JESUS DIAZ MENDOZA, se compromete a cubrir los Gastos de Utiles Escolares, Calzado y Uniformes, de su hijos LAYHONIL LEANDRO y LAYNETH NAZARETH.- Quinto: El ciudadano: ELIAS JESUS DIAZ MENDOZA, en vista al convenio celebrado, solicita se levantes las medidas de retención que fueron ordenadas por el Tribunal, mediante el oficio N°: 1786/09, de fecha 25/06/2009.- Sexto: La ciudadana LAURYTH NAZARETH TOVAR VARGAS, acepta el convenimiento presentado por el ciudadano ELIAS JESUS DIAZ MENDOZA, e igualmente solicita sean levantadas las retenciones ordenadas.-
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto y llegada la oportunidad para decidir, este Juzgado Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA: Primero: HOMOLOGAR el CONVENIMIENTO celebrado entre los ciudadanos LAURYTH NAZARETH TOVAR VARGAS y ELIAS JESUS DIAZ MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°: 13.241.571 y 6.243.211, parte actora y demandada, respectivamente, a favor de sus hijos ******* y /////////// ; de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la LOPNNA.- Segundo: SUSPENDER la Medida Preventiva Decretada en fecha en fecha 12/05/2009, y ordenada a la empresa Serenos Los Andes, mediante Oficio N°: 1786/09, de fecha 25/06/2009.-
Líbrese oficio a la empresa Serenos Los Andes, para que dé cumplimiento a la presente decisión, y se acuerda remitirle copia certificada de la misma.-
Por cuanto no hay más diligencias que realizar en este procedimiento, este Tribunal declara terminado el asunto y ordena el archivo del expediente. Cúmplase.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en La Victoria, a los TRES (03) de Noviembre del Dos Mil Once. Años: 201° y 152°.
La Jueza Provisoria
Abg. Maira Ziems La Secretaria
Abg. Jheysa Alfonzo



En la misma fecha, siendo las 11:20 am. se publicó y registró la anterior sentencia.
La Secretaria

MZ/JA/Zlma
Exp. N°: 22.718