REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, Con Sede en Caracas. Caracas, Diecisiete (17) de Noviembre de Dos Mil Once (2011)

201° Y 152°

Vista la diligencia de fecha veintidós (22) de septiembre de dos mil once (2011), suscrita por el abogado Randolph Henriquez Millán, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 95.275, actuando con el carácter de sustituto de la Procuradora General de la República, en nombre y representación del Ministerio del Poder Popular para la Educación, mediante la cual apela de la Sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha primero (1º) de junio del presente año, que declaro: CON LUGAR el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, en consecuencia, este Juzgado OYE EN AMBOS EFECTOS dicha apelación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con el Artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y ordena la remisión del presente expediente constante de una (01) pieza judicial, de noventa y dos (92) folios útiles. Líbrese oficio.
EL JUEZ

Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES
LA SECRETARIA

Abg. EGLYS FERNÁNDEZ



Exp. Nº 1444
JVTR/EFT/mgr.-