REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA.
201° y 152°

SOLICITANTES: CLAUDIA ISABEL PRIETO PEREZ y
MICHAEL ANDRES TOVAR SOSA.
MOTIVO: CONVERSION EN DIVORCIO
EXPEDIENTE N°: 10.614

En fecha 30 de Abril de 2010, los ciudadanos CLAUDIA ISABEL PRIETO PEREZ Y MICHAEL ANDRES TOVAR SOSA, Venezolanos, mayores de edad, casados, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-16.269.864 y V-15.991.952 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JOHAN CASTELLANOS OSTOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 106.163, solicito la SEPARACIÓN DE CUERPOS, la cual fue decretada mediante auto de fecha 09 de Junio de 2010, de conformidad con el Artículo 189 del Código Civil, expresaron que de la unión conyugal no procrearon hijos y no adquirieron bienes.
Mediante diligencia presentada en fecha 04 de Noviembre de 2011, por los ciudadanos CLAUDIA ISABEL PRIETO PEREZ Y MICHAEL ANDRES TOVAR SOSA, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio AUGUSTO JOSE BARRADES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 106.203, solicitaron la Conversión de la SEPARACIÓN DE CUERPOS en Divorcio.

SIENDO LA OPORTUNIDAD DE DICTAR SENTENCIA EL TRIBUNAL CONSIDERA:

PRIMERO: Que la presente solicitud de Conversión en DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos CLAUDIA ISABEL PRIETO PEREZ Y MICHAEL ANDRES TOVAR SOSA, es procedente conforme a derecho.
SEGUNDO: Que ésta probado en autos que desde el día 09 de Junio de 2.010, fecha en que se decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de Un (1) año sin que haya habido reconciliación entre ellos.