REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, 25 de Noviembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO: AP51-V-2011-020475

SOLICITANTES: PEDRO JOSE SOLORZANO y ANA MARITZA HERNANDEZ OJEDA venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.722.515 y V-6.187.525
ABOGADO: LUIS ELIESER JANSEN GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.551
MOTIVO: CONVENIMIENTO DE PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL

Vistas las actas procesales que conforman la presente solicitud y en especial el CONVENIMIENTO DE PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL así como sus recaudos, presentado por los ciudadanos PEDRO JOSE SOLORZANO y ANA MARITZA HERNANDEZ OJEDA venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.722.515 y V-6.187.525 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogado LUIS ELIESER JANSEN GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.551, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Convenimiento de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal en cada una de sus partes, se le imparte su aprobación en los mismos términos en ellas expuestos, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se Insta a las partes a consignar las copias requeridas a fin de su certificación por Secretaría, y una vez tramitadas, y remítanse a la Oficina de Atención al Público (O.A.P.). Cúmplase.-
LA JUEZ

DRA. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA

ABG. ADRIANA MIRELES

LCD/AM/Brey*