REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, nueve de noviembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: DP11-L-2011-000997

PARTE ACTORA: ciudadanos YHOR ORGELYS CHIRINOS DUQUE, CRUZ MARÍA ZERPA y WILLIAM VALENTIN FLORES OVIEDO, titular de la cédula de identidad No.14.314.163, 8.560.393 y 9.648.837.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: MARIA RUIZ y LUIS SANCHEZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo el No.127.704 y 57.938.

PARTE DEMANDADA: CORPORACIONES ARCOTEC DE VENEZUELA C.A. y INVERSIONES 2013 C.A.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: YSABEL OSORIO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.167.971.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos.

En el día hábil de hoy miércoles, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por la parte actora los abogados MARIA RUIZ y LUIS SANCHEZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo el No.127.704 y 57.938, con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos CRUZ MARÍA ZERPA y WILLIAM VALENTIN FLORES OVIEDO, titular de la cédula de identidad No.V- 8.560.393 y 9.648.837, tal como consta del instrumento poder inserto a los folios 24 y 27 y no compareció el ciudadano YHOR ORGELYS CHIRINOS DUQUE, titular de la cédula de identidad No.14.314.163, quien no otorgo poder a los abogados antes identificados.
Por la parte demandada compareció la abogada YSABEL OSORIO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.167.971, carácter que consta de instrumento poder que consigna en este acto, el mismo fue revisado por la apoderada judicial de la parte actora quien no señalo nada al respecto. La ciudadana Jueza, declaró abierto el acto. En este estado las partes solicitan suspender el inicio de la Audiencia Preliminar el día de hoy, hasta el día 16 del presente mes, todo ello en base a conversaciones extrajudiciales donde se revisaran los conceptos demandados a los fines de llegar a un posible acuerdo. Esta rectora vista las exposiciones de las partes fija la audiencia preliminar inicial para el día jueves (17) de Noviembre año 2011, a las 9:30 a.m, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de cualquiera de las partes involucradas en el presente proceso, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley y en dicho acto deben presentar las pruebas.