En el día de hoy 28 de Noviembre de 2011, siendo las 3:00 p.m., previa solicitud de ambas partes de anticipar la audiencia preliminar inicial, se deja constancia de la comparecencia de la Parte Actora en la persona de la ciudadana GLADYS MARGARITA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.479.976, y de su Abogada Asistente YECKZANNY BARCAZA, matricula de Inpreabogado N° 131.520, supra identificadas; y por la parte demandada FRIGORIFICO INDUSTRIAL SANTA CRUZ C.A, comparece la apoderada Judicial Abogada AIDIN SÁNCHEZ, matricula de Inpreabogado N° 114.229, plenamente identificados en el encabezamiento de ésta acta, quien consigna en dos (02) folios útiles copia simple del Poder Judicial que le faculta para actuar en este asunto. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada a fin de terminar con el presente procedimiento, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA BOLIVARES FUERTES CON VEINTIOCHO CENTIMOS (Bs. F. 38.830,28), para ser pagado en éste mismo acto, a través de cheque Nro.11003210, con fecha 24 de Noviembre de 2011, elaborado a nombre de la Trabajadora GLADYS MARGARITA SANCHEZ, girado contra la cuenta de la Demandada Nro. 0102 0358 91 0000167147, del Banco de Venezuela. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por todos los conceptos demandados y discriminados en la liquidación que se agrega a la presente acta. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistida y asesorada por su Apoderada Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por aquí transados.