REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 2

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA 2


Caracas, 27 de octubre de 2011
201º y 152º




CAUSA N° 2011-3286
PONENTE: DRA. ROSALBA MUÑOZ FIALLO



Por recibida ante esta Sala, previa distribución de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos la presente incidencia, procedente del Juzgado Trigésimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 26 de octubre del año que discurre, contentiva del Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado HORACIO MORALES LEON, en su condición de Defensor del ciudadano WILMA JOSE INNMORATI RAMOS, contra el Punto Previo emitido por ese Juzgado al momento de celebrar la Audiencia Preliminar de fecha 04 de agosto del año en curso, y por cuanto de la revisión de la causa se observa lo siguiente:


Cursa a los folios 03 al 40 del presente cuaderno, escrito de apelación interpuesto por el Abogado HORACIO MORALES LEON, en su condición de Defensor del ciudadano WILMA JOSE INNMORATI RAMOS, de fecha 12-08-2011, contra el Punto Previo emitido por el Juzgado Trigésimo Séptimo de Control de este Circuito Judicial Penal.


Consta al folio 247 de las presentes actuaciones, acta levantada por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, de fecha 18-10-2011, en la cual consta que el Cuaderno Especial aperturado por el Juzgado Trigésimo Séptimo de Control, con ocasión al recurso de apelación interpuesto por la Defensa del ciudadano WILMA JOSE INNMORATI RAMOS, fue distribuido a la Sala Tres de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal.


La Sala Tres de la Corte de Apelaciones, en fecha 21-10-2011, declaró Inadmisible por extemporáneo, de conformidad con el literal “b” del artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto el 12 de agosto de 2011, por el Abogado HORACIO MORALES LEON, en su condición de Defensor del ciudadano WILMA JOSE INNMORATI RAMOS, argumentando entre otras cosas: “En tal sentido, a los folios 3 al 40 del presente cuaderno de incidencias, se evidencia que la defensa del imputado de autos, impugna el fallo el 12 de Agosto de 2011, es decir, seis (6) días hábiles después de haberse dictado el pronunciamiento en controversia, según consta en el cómputo practicado por la Secretaría del Juzgado Trigésimo Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, efectuado el 3 de Octubre de 2011, el cual riela al folio 243, del cuaderno de incidencia.”. (Folios 249 y 250, del presente cuaderno).


Al folio 253 del presente cuaderno de apelación, cursa auto dictado en fecha 25-10-2011, por el Juzgado Trigésimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en el cual señala: “Recibido como ha sido el Cuaderno de (sic) Especial, procedente de la Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones, y luego de una revisión exhaustiva de las actas, esta juzgadora se percata, que el pronunciamiento emitido por la Sala 3 de la Corte de Apelaciones… fue en base al cómputo que se practicara por Secretaría en fecha… 03 de octubre de los corrientes, en virtud del Recurso de Apelación interpuesto por el Profesional del Derecho HORACIO MORALES… cómputo que fue realizado por el Calendario Judicial, no percatándose que el día 10/10/2011, no se dio Despacho, toda vez que la juez de este Juzgado se encontraba de reposo médico, tal y como se desprende del Libro Diario N° 34, folio 12, y que por error involuntario no fue marcado en dicho calendario como día sin Despacho; es por lo que este Tribunal de Control acuerda subsanar dicho error material de conformidad con lo establecido en el artículo 192 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se ordena practicar un nuevo cómputo, el cual deberá ser remitido anexo al Cuaderno Especial, a la Unidad de Registro y Distribución de Documentos, con copia debidamente certificada por Secretaría del asiento del Libro Diario, de conformidad con el artículo 111 del Código Orgánico de Procedimiento Civil…”.


Ahora bien, distribuida la presente incidencia a esta Sala el día 26-10-2011, debemos señalar lo siguiente:



Establece el Código Orgánico Procesal Penal, en el Titulo III capitulo IV: De la Competencia por Conexión:

“Artículo 72.-Prevención. La prevención se determina por el primer acto de procedimiento que se realice ante un tribunal.

En consecuencia, conforme a lo anterior debe conocer la causa el primero que tramitó el asunto, que en el presente caso fue la Sala Tres de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, a la cual le fueron distribuidas lícitamente las actuaciones de marras, contentivas del recurso de apelación interpuesto por la defensa del ciudadano WILMA JOSE INNMORATI RAMOS, a los fines que tomen en consideración el error material que alegó el Juzgado Trigésimo Séptimo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal y por el cual consideró que las actuaciones sean devueltas a la Corte de Apelaciones. Y ASÍ SE DECLARA.


DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:

UNICO: DECLINA la competencia del conocimiento de esta causa en la Sala Tres de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 72 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 63 numeral 40 literal b de la Ley Orgánica del Poder Judicial.


Publíquese, regístrese, déjese copia certificada y líbrese el correspondiente oficio de remisión.


LA JUEZ PRESIDENTA,



ELSA JANETH GOMEZ MORENO






LAS JUECES INTEGRANTES



ROSALBA MUÑOZ FIALLO ARLENE HERNANDEZ RODRIGUEZ



EL SECRETARIO,


RAFAEL HERNANDEZ


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-


EL SECRETARIO,


RAFAEL HERNANDEZ




Causa Nº 2011-3286