Comisión: 05669
ASOCIACION COOPERATIVA SERVICIO OPTIMO, R.L,/ SOCIEDAD MERCANTIL SUMINISTROS Y SERVICIOS INDUSTRIALES, C.A (SUSEINCA).
En horas de Despacho del día de hoy 31 de Octubre de 2011, siendo las 9:00 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañados por los abogados en ejercicio JOSE RAFAEL SALAZAR y RAMON ANTONIO MELENDEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 52.299 y 93.199, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandante ASOCIACION COOPERATIVA SERVICIO OPTIMO, R.L, a los fines de practicar la Medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el Tribunal Comitente: JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), intentado contra SOCIEDAD MERCANTIL SUMINISTROS Y SERVICIOS INDUSTRIALES, C.A (SUSEINCA), y siendo las 10:20 a.m., se constituyó el Tribunal en la siguiente dirección: Hato nuevo limón, múltiple 2, sector el furrial. de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas. Seguidamente el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por un perito avaluador el ciudadano JOSE ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.219.218, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de Ley respectivo. Así mismo el Tribunal deja constancia que se encuentra acompañado por una Comisión de Efectivos de la Policía del Estado Monagas. Este Tribunal embargo preventivamente los bienes señalados por la parte actora y valorados por el perito avaluador designado en la cantidad de Trescientos Noventa Mil Bolìvares (Bs.390.000), y por solicitud de la parte actora dichos bienes fueron dejados bajo la guarda y custodia de la parte de la persona notificada Ruth Jiménez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.219.226, quien lo recibe y jura cuidarlo como buen padre de familia. Es todo.
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