REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 03 de Octubre de dos mil Once
201º y 152º
ASUNTO: BP02-L-2010-000777
DEMANDANTE: DAGOBERTO VELÁSQUEZ GONZÁLEZ, YORBIS GABRIEL LISBOA Y WILLMER JOSÉ FIGUERA HERNANDEZ
DEMANDADO: INVERSIONES VICTORIA FENG, C.A. constituye conjuntamente con SUPERMERCADO EXTRA LUNA, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Visto el contenido de la diligencia de fecha 14 de Marzo de 2011, mediante la cual la abogado en ejercicio MARÍA DE LOS ANGELES CASTRO, titular de la cédula de identidad N°17.933.521, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°131.959, actuando en representación de las sociedades mercantiles demandadas INVERSIONES VICTORIA FENG, C.A., y SUPERMERCADO EXTRA LUNA, C.A., consigna escrito suscrita por su representada y por la parte actora los ciudadanos DAGOBERTO VELÁSQUEZ GONZÁLEZ, YORBIS GABRIEL LISBOA y WILLMER JOSÉ FIGUERA HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro.10.303.912, 14.858.782 Y 16.808.494, respectivamente, debidamente asistidos por la ciudadana JOHANNY GOUDET, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°14.119.558, inscrita en el IPSA N°119.241, mediante la cual los actores tal como se desprende de la cláusula PRIMERA, señalan textualmente lo siguiente: “….(Desistimiento) los ciudadanos WILMER JOSÉ FIGUERA HERNANDEZ, YORBIS GABRIEL LISBOA y DAGOBERTO VELÁSQUEZ GONZÁLEZ, antes identificados, por el presente instrumento declaran que DESISTEN de cualquier acción de la demanda que por Prestaciones Sociales intentaron por ante los Tribunal Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Monagas, Expediente Nro.Np11-L-2010-00777, nomenclatura interna de ese Tribunal, en contra de LOS EXPATRONOS; en tal sentido, desisten de cualquier pretensión y aceptan en este acto el pago de la totalidad de las prestaciones sociales o cualquier otro concepto, generado durante la relación de trabajo que lo vinculo con LOS EXPATRONOS.”
El motivo del presente juicio es el COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES que incoare los mencionados ciudadanos en contra de las empresas INVERSIONES VICTORIA FENG, C.A., y SUPERMERCADO EXTRA LUNA, C.A., como demandadas, cuya representación se evidencia de documento poder que riela a los autos. Ahora bien, la parte actora, debidamente representada DESISTEN DE LA DEMANDA QUE POR PRESTACIONES SOCIALES QUE INTENTARON; este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, con sede en la ciudad de Maturín, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO realizado por los demandantes, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y así expresamente se decide. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la ciudad de Maturín, a los 3 días del mes de Octubre de 2011. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza Titular,
Abg. YISSEIN LÓPEZ
La Secretaria (o),
Abg.
En esta misma fecha, siendo las 12:50 .m., se dictó, publicó y registro la anterior decisión en el sistema juris 2000. Conste. La Secretaria (o),
Abg.
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