REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, 25 de octubre de 2011
201° y 152°
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Visto el Recurso de Apelación, propuesto por la ciudadana LEONOR CAROLINA PEREZ BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.361.220, debidamente representado por la Procuradora de trabajadores abogada Rosalín Alcalá, inscrita en el Inpreabogado N° 94.766, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales le tiene incoado a la empresa BERTHA HOUSE CONSTRUCCIONES, C.A., este Tribunal pasa a revisar el presente asunto.
En fecha 19 de octubre de 2011, se recibe el presente recurso de apelación en contra de la sentencia dictada en fecha 05 de octubre de 2011, mediante la cual el Juez del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso.
En la misma fecha 19 de octubre de 2011, se admite y fija oportunidad para la celebración de la audiencia de parte, para el día martes 25 de octubre de 2011 a la 02:30 p.m. todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, una vez realizado el anuncio del acto, por parte del Alguacil adscrito a esta Coordinación del Trabajo, se levantó acta mediante la cual se dejó constancia expresa, de la incomparecencia de la parte recurrente, la cual no asistió a la celebración de la audiencia, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno.
Ahora bien, resulta clara la obligatoriedad de la celebración de dicha audiencia de parte, además, representa una carga procesal para el recurrente comparecer, para que ejerza su oportunidad de exponer las causas justificativas de la incomparecencia a la audiencia preliminar, esto es, por caso fortuito o fuerza mayor, comprobables a criterio de quien juzga; sin embargo, en virtud de la incomparecencia de la parte recurrente a la audiencia de parte, celebrada el día de hoy, 25 de octubre de 2011, se considera desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, por lo que forzosamente debe confirmarse la sentencia recurrida. Así se decide.
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante. Segundo: Se confirma la sentencia de fecha 05 de octubre de 2011, proferida en Primera Instancia, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en juicio de Cobro de Prestaciones sociales, sigue la ciudadana LEONOR CAROLINA PÉREZ BOLÍVAR, contra la empresa BERTHA HOUSE CONSTRUCCIONES, C.A., ambos ya identificados.
Particípese de la presente decisión al Tribunal de la causa. Líbrese oficio.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los veinticinco (25) días del mes de octubre de dos mil once (2011). Año 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza Primera Superior
Abg. Petra Sulay Granados
La Secretaria
Abg. Ysabel Bethermith
En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión. Conste. La Stria.
ASUNTO: NP11-R-2011-000246
ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2011-001085
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