REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Séptimo (17º) de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro (24) de octubre del año dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: AP21-L-2011-005151
Visto el escrito presentado en fecha 20 de Octubre de 2011, realizado por la ciudadana YLSE CAROLINA MARQUEZ RAMIREZ , titular de la cédula de identidad N° 14.758.735, en su carácter de parte actora, debidamente asistida en este acto por la abogada ZAYADITH CASTRO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 81.722, mediante la cual desiste del presente procedimiento, asimismo solicita se homologue el presente desistimiento y se ordene el cierre y archivo del presente asunto, en consecuencia este Juzgado Décimo Séptimo (17) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, todo ello con motivo del juicio por CALIFICACION DE DESPIDO intentado por la ciudadana YLSE CAROLINA MARQUEZ RAMIREZ contra el ciudadano DOUGLAS ALFREDO MENDOZA PACHECO . PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
La Juez,
El Secretario,
Abg. Luisa Rosales
Abg. Luis Eduardo Barranco
|