REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 07 de octubre del 2011
201º y 152º

Visto el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos U.R.D.D, en fecha 01 de julio del 2011, por el ciudadano Gustavo Méndez Cordido, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 3.718.991, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 10.558, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente “METRIVEN, C.A.”, contra la Resolución N° SNAT/GGSJ/DR/DRAAT/2011/0397 de fecha 17-05-2011; emanada de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional de Administración Aduanera (SENIAT); estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, este Tribunal observa: Que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus Artículos 259, 260, 261, 262, 266 y 267, a saber se trata de Actos Administrativos impugnados por ante la autoridad competente, interpuesto dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y, por cuanto no consta en autos oposición alguna por parte de la Administración Tributaria, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con el Artículo 267 y siguientes eiusdem. En relación con la Suspensión de Efecto del Acto Administrativo impugnado, el Tribunal ordena la apertura de un cuaderno separado y se pronunciara sobre la medida de suspensión de los efectos, una vez que se ratifique en autos dicha solicitud.
Dado, firmado y sellado en la Sede del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los siete (07) días del mes de octubre del año dos mil once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
El Juez Titular.

Ricardo Caigua Jiménez.

La Secretaria.

Hilmar Elena Rocha Esaá.

La presente decisión se publicó en su fecha, a las una y cuarenta y cinco (01:45 p.m.) horas de la tarde.
La Secretaria,

Hilmar Elena Rocha Esaá

Asunto Nº AP41-U-2011-0000264
RCJ/Jp.