ACTA


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-004372
PARTE ACTORA WILLIAM DE JESUS PARADA GOMEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANDRES VALOY RIVERO PEÑA
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT LOS PILONES DEL ESTE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYÓ
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy catorce (14) de octubre de dos mil once (2011), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada RESTAURANT LOS PILONES DEL ESTE, C.A., en la persona del ciudadano ANDRES VALOY RIVERO PEÑA, abogado en ejercicio inscrito en el IPSA bajo el N° 16.773, apoderado judicial de la empresa accionada, debidamente acreditado en autos, así mismo, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.

El Juez

Abg. Juan Carlos Medina
El apoderado de la accionada




El Secretario