REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL CON SEDE EN CARACAS. Caracas, Catorce (14) de Octubre de Dos Mil Once (2011).

201° y 152°

Vista la Sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha seis (06) de agosto de dos mil diez (2010), la cual declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto los abogados Carlos Páez-Pumar y María Del Carmen López Linares, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 72.029 y 79.492, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana MARISOL CASTILLO, titular de la cedula de identidad 3.971.155, contra la Providencia Administrativa Nº 966-05, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, y por cuanto transcurrió con creces el lapso para la interposición del recurso de apelación, quedando firme el aludido fallo, este Juzgado considera pertinente ordenar el archivo del presente expediente signado con el Nº 0371 (nomenclatura de este Órgano Jurisdiccional) en la sede de este Órgano Jurisdiccional, contentivo de una (01) pieza judicial, de sesenta y ocho (68) folios útiles.
EL JUEZ

Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA

Abg. EGLYS FERNÁNDEZ
Exp. 0371
JVTR/EFT/mgr.-