REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°)DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, Siete (07) de Octubre de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: AP51-J-2011-015079
SOLICITANTE: NATALIA CAROLINA JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.990.537.
CÓNYUGE: ARNALDO JOSÉ BERRÍOS CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.952.155
HIJOS: (Se omiten sus nombres por disposición del artículo 65 de Lopnna)
MOTIVO: AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR CONYUGAL

Vista la solicitud de AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR presentada por la ciudadana NATALIA CAROLINA JIMÉNEZ, ut supra identificada, asistida por la Abogado ADRIANA CITTADINO DEL POPOLO DOVO inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 97.815; y vista la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Despacho Judicial, así como participada la dirección a la que se trasladaría la solicitante y el lapso que permanecerá en ella, este Juez del Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, sin perjuicios de terceros, concede AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR, con sus enseres personales, a la ciudadana NATALIA CAROLINA JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.990.537, acompañada de sus hijos ya mencionados, a la siguiente dirección: (Se omite la dirección en resguardo de las partes) por el lapso de seis (6) meses contados a partir de la presente fecha todo de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Código Civil en concordancia con el literal “m” parágrafo primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Se acuerda librar boleta de notificación al ciudadano ARNALDO JOSÉ BERRÍOS CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.952.155, conforme la sentencia VINCULANTE No. 1039 del expediente 09-0124 de fecha 23 de julio de 2009 proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrado Carmen Zuleta de Merchán. Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión, una vez sean consignados los fotostatos necesarios. Y ASÍ SE ESTABLECE. Cúmplase.-
LA JUEZ,

Dra. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,

Abg. ADRIANA MIRELES
LCD/AM/Abg. Tania Montero Boutcher