REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(201° y 152°)
Maracay, diez (10) de octubre del año (2011)
EXP.- JSAAC- 2011-0141
Vista el acta de la audiencia conciliatoria realizada en fecha 03 de octubre del año en curso, relacionada al expediente Nº 2011-0141, contentivo de SOLICITUD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN, interpuesta por los abogados Héctor Castillo y Mary Felicia Tovar, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-5.274.214 y V-7.220.716, e inscritos en el Inpreabogados bajo los Nros. 84.024 y 40.007 en el mismo orden, apoderados judiciales de los ciudadanos Engracia Martín Valera, Pedro Martín Valera, Rosario Martín Valera, Milagros Martín Valera, Yenylet Margarita Sequera y José Ignacio Martín Expósito, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.156.059; V-7.207.969; V-6.562.317 V-7.683.666 V-15.651.463 y V-12.478.617, actuando este ultimo en representación de la ciudadana Lina Expósito de Martín, española, titular de la cedula de identidad E-987.434; en la cual de ordenó notificar al Ing. Ysat Kassem, Director del Ministerio del Poder Popular para el Hábitat y Vivienda del estado Aragua, al ciudadano Gregory Torres, Coordinador de Redes Socales del Despacho de la Presidencia y al Lic. Christopher Martínez, Jefe de la Oficina Técnica Nacional para la Regularización de la Tenencia de la Tierra; este Juzgado acuerda de conformidad, y ordena practicar las mismas. Asimismo se señala que para la práctica de las notificaciones de los dos últimos, se librará un exhorto al Juzgado Superior Primero de las Circunscripciones Judiciales del área Metropolitana de Caracas, Miranda y Vargas a fin de que sea practicada por el Alguacil de ese Despacho. Cúmplase.
EL JUEZ
Abg. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
El Secretario
Abg. LUÍS ABREU GUERRERO
En la misma fecha se libraron los oficios correspondientes.
El Secretario
Abg. LUÍS ABREU GUERRERO
EXP. - JSAAC- 2011-0141
HBC/Lag/kp