REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(201° y 152°)
Maracay, veintiocho (28) de octubre del año (2011)

EXP.- JSAAC- 2011-0167

Recibido como ha sido el presente expediente, proveniente del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, mediante oficio signado bajo el Nº 0662 de fecha 01 de agosto del año en curso, con ocasión a la Apelación, interpuesta en fecha 03 de febrero de 2009, por el ciudadano José Antonio Fernández Pérez, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.691, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionada, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 29 de enero de 2009 por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, mediante la cual declara con lugar la demanda de resolución del contrato de compra-venta; este Juzgado Superior, fija un lapso de ocho (08) días de despacho para promover y evacuar las pruebas permitidas en esta Alzada, este lapso empezará a contar a partir de que conste en autos la ultima de las notificaciones, de igual forma precluido el lapso probatorio, se fijará una Audiencia Oral, en la cual se evacuarán las pruebas y se oirán los informes de las partes. Verificada esta Audiencia se dictará sentencia en audiencia oral dentro de los tres días de despacho siguientes a la preclusión del lapso. Todo esto de conformidad con la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en su artículo 229. Líbrense boletas de notificación a las partes para darle continuidad al presento proceso. Cúmplase.
EL JUEZ


ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libraron las boletas de notificación correspondientes.

EL SECRETARIO



ABG. LUÍS ABREU GUERRERO
EXP. - JSAAC- 2011-0167
HBC/jv