REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO
DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, diez (10) de octubre de 2011
201° y 152°
ASUNTO: DP11-R-2011-000263
ACTA
PARTE ACTORA: FABIAN ANTONIO OROPEZA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.051.532
PARTE DEMANDADA: Empresa Mercantil VASOS VENEZOLANOS, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado FERNANDO JOSE CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 70.796.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado DARIO BALLIACHE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 117.479.
MOTIVO: RECURSO DE APELACION.-
En el día de hoy diez (10) de octubre de 2011, siendo las diez y treinta horas de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Parte prevista en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con motivo de la apelación interpuesta por el Abogado FERNANDO CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 70.796, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 16 de septiembre de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Se anunció el Acto a las puertas del Tribunal, estando presentes el Ciudadano Juez Superior Dr. José Felipe Montes Navas, la Secretaria Abogada Karla A. Geraldes Pais y el Alguacil Marcos Linares, se declaró abierto el Acto. Seguidamente la Secretaria deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada, Abogado CARLOS LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.216. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora y apelante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En virtud de la incomparecencia de la parte actora y recurrente en apelación a la audiencia oral de parte pautada para este día a las 10:30 a.m.; este Tribunal declara: PRIMERO: DESISTIDO, el recurso ejercido contra la decisión indicada supra. Remítase el presente expediente y copia certificada de la presente acta, al Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines del cierre y archivo del presente expediente. Asimismo se le ordena remitir copia certificada de la presente acta al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de su conocimiento y control. SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas. Se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el Artículo 166 ejusdem. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPERIOR,
DR. JOSÉ FELIPE MONTES NAVAS.
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,
ABG. KARLA A. GERALDES PAIS
JFMN/KGP.-
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