Visto el contenido de la diligencia que antecede, suscrita por la ciudadana ANA RENTERÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 24.815.022, el cual comparece debidamente asistida del Abogado CARLOS PIERRAL, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.994.601 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.184, en su carácter de parte actora, por medio de la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, de manera voluntaria por existir errores en el libelo de demanda respecto a la fecha de ingreso, este JUZGADO QUINTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, por considerar que el desistimiento no es contrario a ninguna disposición expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles, señala lo siguiente: