En el día de hoy 28 de Octubre de 2011, siendo las 09:00 a.m., siendo la oportunidad de la audiencia preliminar inicial, se deja constancia de la comparecencia de la Parte Actora en la persona del ciudadano EDUARDO JOSE RADA MIJARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 13.136.126, el cual le asiste el Abogado MANUEL ANTONIO ARANA SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.578.906, Inpreabogado Nro. 94.492 supra identificados; y por la parte demandada SERVICIOS DE OPERACIONES LOGISTICO C.A., comparece el Apoderado Judicial OSWALDO GALINDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.608.568, Inpreabogado Nro. 61.553, quien consigna en cuatro (04) folios útiles previa presentación del original a modo vivendi. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 10.000,00), para ser pagado el día 15 de Noviembre de 2011, a través de cheque a nombre del Trabajador. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por todos los conceptos demandados, previa revisión en audiencia y llegados las partes a ese monto en presencia de la ciudadana jueza. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Abogado Asistente, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio prestado.
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