En el día de hoy 31 de Octubre de 2011, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora la ciudadana TUNDRA MAHUAMPI DELGADO URBINA, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.190.287, quien comparece debidamente asistida del Abogado Ulises Jesús Wateyma Rosales, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.255.472, I.P.S.A. Nro. 101.282, arriba identificado. Por la demandada CONDOMINIO EDIFICIO LA TRINIDAD comparecen las Abogadas YELENE NOHEMI FERNANDEZ SANCHEZ y ZULEIDA DEL VALLE ECHETO JORGE, titulares de la cédula de identidad Nro. V- 9.679.145 y V- 15.914.325 I.P.S.A. Nro. 67.524 Y 122.974, actuando en su carácter de apoderadas tal como consta en copia simple del Poder Judicial de nueve (09) folios útiles que consigna previa presentación del original a modo videndi. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada a fin de terminar con éste procedimiento, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. F. 9.342,55), para ser pagado en DOS (02) PARTES a través de cheques elaborado a nombre del Trabajadora TUNDRA MAHUAMPI DELGADO URBINA, en las fechas 07 y 30 de Noviembre del corriente año 2011, en la sede del Tribunal, a las nueve (09) de la mañana, por las cantidades de Bs. 4.671,28 cada uno. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por todos los conceptos demandados en este expediente. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Abogado Asistente, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por las prestaciones sociales y demás conceptos aquí demandados.
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