En el día de hoy 04 de Octubre de 2011, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora la ciudadana KARIN DUXANA COLMENARES CORREA, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.089.859, debidamente asistida de las PROCURADORAS DE LOS TRABAJADRES, Abogadas YISEL GUTIERREZ y MARIA BELEN HERNANDEZ, igualmente arriba identificadas. Por la demandada OVOMAR C.A. comparece la Abogada YHORELI JOSEFINA LEDEZMA MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.568.384, I.P.S.A. Nro. 107.916, actuando en su carácter de apoderada tal como consta en copia simple del poder judicial de cinco (05) folios útiles, previa presentación del original a modo videndi. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada OVOMAR C.A. ofrece pagar a la parte actora la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES CON CENTIMOS (Bs. F. 44.734,40), para ser pagado a través de cheque elaborado a nombre de la trabajadora, el día 13 de Octubre de 2011, en la sede del tribunal, a las 10:00 a.m. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por todos los conceptos demandados en este expediente. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por sus Abogadas Asistente supra identificadas, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por los conceptos demandados.
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