REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua
Maracay, Tres (03) de Octubre de Dos Mil Once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: DP11-L-2010-001524
PARTE ACTORA: Ciudadana LIGIA MERCEDES CONTRERAS AULAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. 7.178.664.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado RAFAEL ANTONIO AGÜERO ROBAYO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.906.
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNCIPIO GIRADOT DEL ESTADO ARAGUA.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado EDUARDO ROSENDO PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 113.289.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Ingresado como se encuentra el presente expediente procedente del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Aragua, y estando dentro del lapso establecido para admitir las pruebas en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal expone lo siguiente:
PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA
CAPITULO I
DE LAS DOCUMENTALES
Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por considerar que las mismas no resultan ilegales ni impertinentes al proceso, las siguientes documentales:
1.- Marcado “A”, Vauche de las Prestaciones Sociales, y Copia Simple de la Resolución Nro. 199 de fecha 21 de Mayo de 1999, en tres (03) folios útiles, que rielan insertos a los folios 54, 55 y 56 del presente asunto.
2.- Marcada “B”, Copia simple de las cláusulas 50, 51, 52 de la Convención Colectiva de Trabajo firmada entre el Sindicato de Obreros Municipales y el Municipio Girardot del correspondiente a los años 2005-2006, que rielan insertas a los folios 57, 58 y 59 del presente asunto.
3.- Marcada “C”, Copia simple de Planilla de Liquidación expedida por la Alcaldía, que riela inserta al folio 60 del presente asunto.
4.- Marcada “D”, Copia del cheque emitido a favor del ciudadano José Uzcategui Hernández, que riela inserto al folio 61 del presente asunto.
5.- Marcada “E” copia de la Cláusula Nro. 51 de la Convención Colectiva de Trabajo firmada entre el Sindicato de Obreros Municipales y el Municipio Girardot del año 1994- 1995, que riela inserta a los folios 62 y 63 del presente asunto.
6.- Marcada “F”, copia de la Cláusula Nro. 51 de la Convención Colectiva de Trabajo firmada entre el Sindicato de Obreros Municipales y el Municipio Girardot del año 1996- 1997, que riela inserta a los folios 64, 65 y 66 del presente asunto.
7.- Marcada “G”, copia simple de la sentencia emitida por el Juzgado Primero de Juicio del Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que riela a los folios 67 al 72 del presente asunto.
8.- Marcada “H”, copia del recibo emanado de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 22 de Septiembre de 2004, que riela inserto al folio 73 del presente asunto.
9.- Marcada “I”, Copia de la sentencia emanada de la Sala de Casación Social, que riela inserta a los folios 88, 89, 90 y 91 del presente asunto.
10.- Marcado “J”, copia de la Cláusula Nro. 32 de la Convención Colectiva de Trabajo firmada entre el Sindicato de Obreros Municipales y el Municipio Girardot del año 2008-2009, que riela inserta a los folios 92 y 93 del presente asunto.
CAPITULO II
DE LA EXHIBICIÓN
De conformidad al artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal la admite por cuanto ha lugar en derecho por no ser impertinente ni ilegal, salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia se ordena a la parte demandada, se sirva presentar en la oportunidad de llevarse a efecto la Audiencia de Juicio, apercibiendo a la misma de las consecuencias de la no exhibición del instrumento en el plazo indicado, los siguientes documentos:
1.- Original del Vauche de Pago de las Prestaciones Sociales, y de la Resolución Nro. 199 de fecha 21 de Mayo de 1999.
2.- Original de la Convención Colectiva de Trabajo firmada entre el Sindicato de Obreros Municipales y el Municipio Girardot del correspondiente a los años 2005-2006.
3.- Original de la Planilla de Liquidación expedida por la Alcaldía.
4.- Original de la Constancia de Egreso del cheque emitido a favor del ciudadano José Uzcategui Hernández.
5.- Original de la Convención Colectiva de Trabajo firmada entre el Sindicato de Obreros Municipales y el Municipio Girardot del año 1994- 1995.
6.- Original de la Convención Colectiva de Trabajo firmada entre el Sindicato de Obreros Municipales y el Municipio Girardot del año 1996- 1997.
7.- Original del recibo emanado de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 22 de Septiembre de 2004.
8.- Original de la Convención Colectiva de Trabajo firmada entre el Sindicato de Obreros Municipales y el Municipio Girardot del año 2008-2009.
Con respecto a la exhibición de las documentales cuyas copias anexa Marcada “G”; este Tribunal NIEGA su admisión; en razón de que dichos documentos no emanan de la demandada.
Y con respecto a las documentales Marcada “I”, relativas a sentencias emanadas de la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia; las mismas no son un medio de prueba consagrado en nuestra Legislaron Venezolana; razón por la cual este Tribunal se abstiene de emitir pronunciamiento sobre su admisión. Y así se establece.
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA
CAPITULO I
DE LAS CONSIDERACIONES PREVIAS
En relación a las alegaciones explanadas en el capitulo I del escrito de promoción de pruebas; este Tribunal hace del conocimiento del promovente que dichos alegatos no es un medio de prueba consagrado en nuestra Legislaron Venezolana; razón por la cual este Tribunal se abstiene de emitir pronunciamiento sobre su admisión. Y así se establece.
CAPITULO II y III
DE LAS DOCUMENTALES
Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por considerar que las mismas no resultan ilegales ni impertinentes al proceso, las siguientes documentales:
a.- Marcada “A”, Copia Certificada de la Planilla de Liquidación de Prestaciones Sociales y demás beneficios contractuales, en Ciento Cincuenta (150) folios útiles, que rielan insertos a los folios 119 al 263 del presente asunto.
b.- Marcada “B”, Copia simple de la decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Ocho (08) folios útiles, que rielan insertos a los folios 97 al 104 del presente asunto.
c.- Marcada “C”, Copia simple de la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Siete (07) folios útiles, que rielan insertos a los folios 105 al 111 del presente asunto.
d.- Marcada “D”, Copia de la Convención Colectiva de Trabajo firmada entre el Sindicato de Obreros Municipales y el Municipio Girardot, que riela inserta a los folios 112 y 113 del presente asunto.
e.- Copia de Recibo de Nomina Nro. 345, que riela anexo a las copias certificada que anexa marcadas “A”.
LA JUEZA,
DRA. ZULEIMA DARUIZ CEBALLOS.
EL SECRETARIO,
ABG. HAROLYS PAREDES.
ASUNTO N° DP11-L-2010-001524
ZDC/LC/edith