REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 27 de Septiembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-004331
ASUNTO : NP01-R-2011-000130
PONENTE: Abg. Ana Natera Valera
Según se desprende del contenido de la presente incidencia recursiva, que mediante auto dictado en fecha 24/05/2011, el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal a cargo del Abg. Larry Zuleta, en el asunto principal signado con el alfanumérico NP01-P-2011-004331, Decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano ANNEL JOSE SANCHEZ BRITO a quien se le imputó el delito de ESTAFA previstos y sancionados en el artículo 462 en relación con el artículo 99 del Código Penal.
Contra esta resolución judicial, la cual fue emitida por el Tribunal de Primero de Control precedentemente identificado, interpuso Recurso de Apelación en fecha 31/05/2011 el Abogado Jorge Luís Yibirín, en su condición de Defensor Privado de conformidad con el ordinal 4° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. Remitidas como fueron a esta Corte de Apelaciones, las actuaciones procedentes de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, en fecha 20/06/2011, se designó Ponente a la Juez ABG. Milangela Millán quien se encontraba supliendo a la ABG. Ana Natera Valera por encontrarse de reposo medico, quien con tal carácter suscribe el presente auto, recibiéndose en esa misma fecha y en fecha 26/06/2011 se acordó devolver el recurso de apelación al Tribunal de Primera Instancia a los fines de emplazar a la victima siendo recibido nuevamente a esta alzada en fecha 26/09/2011. Ahora bien, paralelo a ello y evidenciándose que cumplido como fue por la Primera Instancia el procedimiento pautado en el artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal (relativo al emplazamiento de las partes), le corresponde a esta Alzada Colegiada pronunciarse de conformidad con lo pautado en el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal fin se observa que:
Admisibilidad del Recurso de Apelación
Considera esta Corte de Apelaciones que, el recurso que nos ocupa presentado por los ABG. Jorge Luís Yibirín, en su condición de Defensor Privado, fue interpuesto mediante escrito, por ante el Órgano Jurisdiccional natural en virtud de la distribución, a saber por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, dentro del lapso procesal concedido para interponerlo, tal como consta en el computo inserto en el folio veintiocho (28); estableciendo la parte recurrente en el escrito de marras que el presente recurso se fundamenta en el supuesto establecido en el numeral 4° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, habida cuenta que se trata de una decisión mediante la cual el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, decretó una Medida Privativa de Libertad al ciudadano ANNEL JOSE SANCHEZ BRITO; en consecuencia, observa esta Instancia Superior que, este medio de impugnación cumple a cabalidad con los requisitos exigidos por el Legislador para el fin de su admisibilidad, y por ello, SE DECLARA ADMISIBLE el Recurso de Apelación, presentado por los ABG. JORGE LUÍS YIBIRÍN, en su condición de Defensor Privado. De igual modo, considera este Tribunal de Alzada que no es necesario, ni útil para el trámite del recurso fijar audiencia oral para debatir los fundamentos del recurso de marras. Y ASI SE DECLARA.
En virtud de las declaratorias precedentemente señaladas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto con fundamento en lo dispuesto en el artículo 447 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por los ABG. JORGE LUÍS YIBIRÍN, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal Nº NP01-P-2011-004331 a cargo del Juez Abg. Larry José Zuleta, donde otorgó Medida Privativa de Libertad al ciudadano ANNEL JOSE SANCHEZ BRITO a quien se le imputó el delito de ESTAFA previstos y sancionados en el artículo 462 en relación con el artículo 99 del Código Penal.
Segundo: No se fija audiencia oral por considerar este Tribunal de Alzada que, no es necesario ni útil para el trámite del recurso de apelación.
Tercero: Se ordena solicitar el asunto principal Nº NP01-P-2011-004331, al Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas a los fines de su revisión, para que esta Alzada emita el pronunciamiento que corresponda.
Publíquese, regístrese, guárdese copia certificada y decídase en su oportunidad legal.
La Juez Superior Presidente,
ABG. DORIS MARIA MARCANO GUZMAN
La Juez Superior, (Ponente) La Juez Superior,
ABG. ANA NATERA VALERA ABG. MARIA YSABEL ROJAS GRAU
La Secretaria,
ABG. MARIA GABRIELA BRITO MORENO
DMMG/ANV/MYRG/MGBM/Erika