Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente querella funcionarial (nulidad de acto administrativo).
SEGUNDO: ADMISIBLE, la querella interpuesta por la ciudadana IGLIS JOSEFINA ROJAS RONDÓN, titular de la cédula de identidad Nº 12.547.052, contra la INSTITUTO AUTONOMO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y TRANSPORTE POLICIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO TUCUPITA DEL ESTADO DELTA AMACURO.