REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, 23 de septiembre de 2011
201° y 152°


ASUNTO: NP11-R-2011-000206

ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2011-000934



SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA



Visto el Recurso de Apelación, propuesto por el ciudadano Félix José Chirinos Brito, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.968.462, debidamente representado por el Procurador de Trabajadores abogado Erasmo Hernández, inscrito en el Inpreabogado N° 104.311, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales le tiene incoado a la empresa EL BODEGON DEL REY, C.A., este Tribunal pasa a revisar el presente asunto.

En fecha 21 de septiembre de 2011, se recibe el presente recurso de apelación en contra de la sentencia dictada en fecha 09 de agosto de 2011, mediante la cual la Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso.

En la misma fecha 21 de septiembre de 2011, se admite y fija oportunidad para la celebración de la audiencia de parte, para el día viernes 23 de septiembre de 2011 a la 01:00 p.m. una vez realizado el anuncio del acto, por parte del Alguacil adscrito a esta Coordinación del Trabajo, se levantó acta mediante la cual se dejó constancia expresa, de la incomparecencia de la parte recurrente, la cual no asistió a la celebración de la audiencia, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno.

Ahora bien, resulta clara la obligatoriedad de la celebración de dicha audiencia de parte, además, representa una carga procesal para el recurrente comparecer, para que ejerza su oportunidad de exponer las causas justificativas de la incomparecencia a la audiencia preliminar, esto es, por caso fortuito o fuerza mayor, comprobables a criterio de quien juzga; sin embargo, en virtud de la incomparecencia de la parte recurrente a la audiencia de parte, celebrada el día de hoy, 23 de septiembre de 2011, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, debe declararse desistido y en consecuencia debe confirmarse la sentencia recurrida. Así se decide.

DECISIÓN

En atención a lo antes expuesto, este Tribunal Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de apelación intentado por la parte demandante recurrente.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida publicada en fecha 09 de Agosto de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por el ciudadano FELIX JOSE CHIRINOS BRITO contra la empresa EL BODEGON DEL REY, C.A., la cual declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso. Particípese de la presente decisión al Tribunal a quo. Líbrese oficio.

Se advierte a las partes que podrán interponer los recursos que consideren pertinentes, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación de la presente decisión.

Remítase el expediente al Tribunal de origen en su oportunidad.

Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los veintitrés (23) días del mes de septiembre de dos mil once (2011). Año 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza Primera Superior

Abg. Petra Sulay Granados
La Secretaria

Abg.


En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión. Conste. La Stria.



ASUNTO: NP11-R-2011-000206

ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2011-000934