REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno de septiembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : AP21-L-2011-002437
Visto el escrito de TRANSACCION consignado por los ciudadanos ROYER IVAÑEZ parte actora en el presente procedimiento, asistido por la abogada INGRID FAJARDO, por una parte y por la otra la abogada NAYIBE SALAZAR EL HADI, en su carácter de apoderada judicial de la empresa SHADOW ALARM SYSTEM, C.A., en tal sentido este Tribunal revisado como ha sido el presente escrito y visto que no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, Finalmente, se deja constancia que se dejará transcurrir un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por Terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. Así de establece.
El Juez
El Secretario
Abg. Aníbal F. Abreu Portillo
Abg. Luis Barranco
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