REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITOJUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, Jueves 22 de Septiembre del 2011.
201º y 152º
ACTA
ASUNTO Nro. : DP11-L-2011-000895.
PARTE ACTORA: Ciudadano JOSE BENITO PEÑALOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 10.457.988 .- (NO COMPARECIO)
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Doctora JENNY OVIEDO ROSALES, inscrita en el IPSA bajo el Número 101.242.-
PARTE DEMANDADA: Empresa “PUNTAPIES, C.A.”, sociedad de comercio inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 03-04-1996, Nro. 42, Tomo 750-A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUIDO.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES .-
En el día hábil de hoy, Jueves 22 de Septiembre del 2011, siendo las 10:oo a.m.., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora al presente acto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia de la comparecencia Abogada JENNY OVIEDO ROSALES, ut supra identifica.- PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.- Siendo las 10:30 a.m.-
LA JUEZA
VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ
LA ABOGADA ASISTENTE.
LA SECRETARIA
Abog. LOIDA CARVAJAL.
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