REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SOLICITANTES: YELITZA ISABEL ROJAS DE ALVAREZ Y JOSE RAMON ALVAREZ CASTILLO
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº: 11297
SENTENCIA: DEFINITIVA
En fecha 09 de Junio de 2011, los ciudadanos YELITZA ISABEL ROJAS DE ALVAREZ Y JOSE RAMON ALVAREZ CASTILLO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.201.843 y V- 4.563.817 respectivamente, cónyuges, de este domicilio, asistidos por la abogada en ejercicio EMILMAR CAMEL B, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 61.875; presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, manifestando que desde mas de Diez (10) años, están separados y que de la unión conyugal procrearon Tres (03) hijos, mayores de edad, ni adquirieron bienes.
Admitida la solicitud en fecha 13 de Julio de 2011, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 10 de Agosto de 2011, manifestó no tener objeción alguna a la solicitud de divorcio formulada.
PARA DECIDIR SE OBSERVA:
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que están llenas las exigencias establecidas en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, resultando procedente la solicitud de divorcio formulada.
|