REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito penal del Estado Monagas
Maturín, 22 de Septiembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-002332
ASUNTO : NP01-P-2008-002332
ORDEN DE SOBRESEIMIENTO



D E S C R I P C I Ó N DE LOS H E C H O S

En el Asunto NP01- P- 2008 -002332, se evidencia al folio dos (2) y su Vuelto, que ante el Instituto Autónomo de de Policía Municipal, División de Investigaciones Penales, de la Alcaldía del Municipio Maturín, Estado Monagas, se interpuso en fecha 01- 05-2008, DENUNCIA COMÚN por la ciudadana TRINITARIO DAMARYS ALEXANDRA, quien entre otras cosas expuso “ Acudo a éste despacho con la finalidad de denunciar al ciudadano JAVIER ENRIQUE RAMIREZ GONZALEZ, quien desde hace quince días me viene amenazando de muerte diciendo que me va a dar unos tiros, , esto sin causa ni razón justificada porque yo nunca le e hecho nada a éste muchacho ”
También se evidencia al folio siete (7) y su Vuelto, que ante el Instituto Autónomo de de Policía Municipal, División de Investigaciones Penales, de la Alcaldía del Municipio Maturín, Estado Monagas, se interpuso en fecha 02- 05-2008, ACTA DE ENTREVISTA por la ciudadana ECHEVERRIA MARTINEZ MAURIVYS DEL VALLE, quien es mencionada por la victima en calidad de testiga, y entre otras cosas expuso “El ciudadano JAVIER ENRIQUE RAMIREZ, amenaza y ofende con palabras obscenas a mi amiga DAMARYS TRINITARIO, esto sucede a cada instante en la calle donde yo vivo, en realidad los motivos los desconozco…a preguntas respondió: Yo he visto que este ciudadano le dice muchas groserías, las cuales son bastantes ofensivas para una dama. ”

De igual manera cursa al folio nueve (09) y su Vuelto, que en fecha 02- 05-2008, y ante el Instituto Autónomo de de Policía Municipal, División de Investigaciones Penales, de la Alcaldía del Municipio Maturín, Estado Monagas, fueron impuestas al ciudadano JAVIER ENRIQUE RAMIREZ GONZALEZ, las MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD tales como:5º.- : La prohibición, restricción y acercamiento hacia la victima , su lugar de estudio, trabajo, o residencia del presunto agresor.6º: La prohibición por si, o por medio de terceras personas de realizar actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o a algún integrante de la familia por parte del presunto agresor,. Previstas en el artículo 87 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia donde se le impuso del conocimiento que el incumplimiento de las Medidas de Protección que anteceden es suficiente para la solicitud ante el órgano jurisdiccional la Medida de Arresto Transitorio.
M O T I V A

La Abogada BRIGIDA BELLO ACOSTA, en su condición de FISCALA DÉCIMA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTYADO MONAGAS como Directora de la Acción, en fecha 04-05-2009 presentó escrito cursante a los folios sesenta y dos al sesenta y seis ( 62 al 66), y en virtud de no existir razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, aunado a la inexistencia de testigos presénciales o referenciales y elementos de convicción para probar el hecho denunciado por la victima, no pudiendo sostenerse jurídicamente el tipo penal de AMENAZA, y solicitó conforme al ordinal 4º del artículo 318 el sobreseimiento de la causa.

D I S P O S I T I V A

En mérito de las razones y motivos de hecho precedentemente expuestas, y dada la inexistencia de la acusación, se estima innecesaria la convocatoria de las partes a la audiencia oral, y en fundamento del derecho pautado en los artículos 323, 319, primero y segundo supuesto del numeral 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Primero en Funciones de Control Audiencia y Medidas, con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta: PRIMERO: El SOBRESEIMIENTO DE LAS ACTUACIONES N P01-P-2008-002332, con Nomenclatura de la Fiscalía: 16F15-1020-2008, instauradas al ciudadano JAVIER ENRIQUE RAMIREZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº.- V19.416.374, natural de Maturín, Estado Monagas, nacido el 29-08-1985, de 26 años, de Oficio: Comerciante, de Estado Civil: Soltero, domiciliado en la Calle 5, Casa sin número, Sector Alí Primera 1, hato el Rosillo de la Puente de ésta Ciudad de Maturín, Estado Monagas, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana TRINITARIO DAMARYS ALEXANDRA, venezolana, mayor de edad, C:I: Nº 16.174.094, natural de , Estado , nacida el 03-04-1983, de 28 años, Oficio: Del Hogar, de Estado Civil: Soltera, domiciliada en la calle 2, casa S/N, Sector Hato el Rosillo de la Puente de ésta Ciudad de Maturín, Estado Monagas, TLF 0416 4991236. SEGUNDO: La extinción del proceso y de los efectos de la acción. TERCERO: La finalización del plazo de régimen de presentación. CUARTO: El cese de las medidas de coerción personal a tales efectos dictadas. QUINTO: Déjese copia certificada del presente pronunciamiento por Secretaría, y de su contexto integro notifíquese efectivamente a las partes, y una vez practicadas, y vencidos los lapsos para la interposición de los recursos de ley, sin hacerse uso de ello, ofíciese al Jefe de Alguacilazgo de ésta Circunscripción Judicial y al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, del Estado Monagas, para que con relación a la presente causa, sea excluido el ciudadano JAVIER ENRIQUE RAMIREZ GONZALEZ, del Régimen de Presentaciones ante el Sistema de Alguacilazgo y del Sistema de Registro Policial (S.I.P.O.L), y finalmente remítase el presente asunto para su archivo, cuyo pronunciamiento fue dado, firmado, sellado, publicado y registrado en el Despacho de éste Tribunal, en Maturín a los veintidós ( 22) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Once, siendo las 03:00 horas de la tarde Cúmplase.-.
JUEZA PRIMERA de CONTROL, AUDIENCIAS y MEDIDAS

ABGA. IVIS JOSEFINA RODRIGUEZ CASTILLO

LA SECRETARIA

ABGA. GRACIELA CIRCELLI JIMENEZ