JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTITRES DE ABRIL DE FEBRERO DEL DOS MIL DOCE.-


201º y 153º

Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana: LUISA MERCEDES DIAZ, Abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 83.897, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante en este proceso y por cuanto este Tribunal de la revisión minuciosa de las actas que conforman el presente expediente observa lo siguiente: 1º) En fecha 16 de septiembre del 2.010, este Juzgado dictó sentencia donde ordenó la notificación de las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del código de procedimiento civil y a la vez ordenó que una vez que conste en autos la última notificación que de las partes se haga, se remita el presente expediente al Juzgado de la causa . 2º) Que este es el Tribunal de Alzada que conoció y sentencio la presente causa Ahora bien, se observa que en las actas procesales que integran el presente expediente no consta que se haya notificado a la parte demandada y por cuanto este Tribunal conoció en apelación de la presente causa, mal podrían remitirse las actuaciones al Juzgado Superior Civil para que conozca de la misma, razón por la cual se niega lo solicitado y así se decide.-


DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


LA SECRETARIA,
YOHISKA MUJICA


Exp. No. 32.141.


Realizado por luz yendez.