REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MUNICIPIO SAN CASIMIRO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO SAN CASIMIRO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
San Casimiro, 24 de abril de 2012.
202º y 153º
SOLICITUD Nº 1.246-2012.
Vista la solicitud formulada por el ciudadano MANUEL SANTANA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-24.238.105, y vistas igualmente las declaraciones de las ciudadanas LUISA MARÍA BRACHO FIGUERA e INGRID MAIGUALIDA FIGUERA SÁNCHEZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y portadoras de las Cédulas de Identidad Nros. V-20.675.262 y V-6.310.298, respectivamente. Este Tribunal, como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil vigente, declara TÍTULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano MANUEL SANTANA GARCÍA, plenamente identificados en autos, de las bienhechurías construidas sobre el lote de terreno de su exclusiva, ubicado en el km. II, Carretera San Casimiro-San Sebastián, Sector Las Marquesitas, Municipio San Casimiro, Estado Aragua, tal y como consta de documento debidamente Protocolizado por ante la Oficina de registro de este Municipio San Casimiro, estado Aragua, , anotado bajo el Nº 20, folios 62 al 63, Protocolo Primero, Tomo II, de fecha 27 de septiembre de 1988, Tercer Trimestre, el cual tiene una superficie aproximada de dos mil quinientos setenta y seis metros cuadrados con nueve centésimas (2.576,09 Mts2), divididos en dos lotes de terreno identificados en B-21 y B-22, ubicados dentro de los siguientes linderos y medidas: B-21, con una superficie aproximada de un mil cuatrocientos noventa y un metros cuadrados con sesenta y siete centímetros (1.491,67 M2), así: NORTE: En cincuenta y tres metros con treinta y tres centímetros (53,33 mts), con el Lote B-22; SUR: En cincuenta y ocho metros con veintisiete centímetros (58,27 mts), con el lote B-20; ESTE: En veinte metros con diez centímetros (20,10 Mts), con calle El Mango en medio y el Lote B-5 y OESTE: En treinta y cuatro metros con dieciséis centímetros (34,16 Mts), con el Lote B-44; B-22, con una superficie aproximada de un mil ochenta y cuatro metros cuadrados con cuarenta y dos centésimas (1.084,42 Mts2), alinderado así: NORTE: En cincuenta y cuatro metros con dieciséis centímetros (54,16 Mts), con el Lote B-23; SUR: En cincuenta y tres metros con treinta y tres centímetros (53,33 Mts), con el Lote B-21; ESTE: En diecinueve metros con noventa y siete centímetros (19,97 Mts) con Calle El Mango en medio y Lote B-6; y OESTE: En diecinueve metros con diez centímetros (19,10 Mts) con el lote B-43.Sobre los cuales ha construido a sus solas y únicas expensas y con dinero de su propio peculio, una vivienda familiar, con un costo de inversión de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 300.000,oo), cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabezan estas actuaciones, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Expídase copia certificada de los folios de interés a los efectos de registro del solicitante conforme los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil actuaciones Devuélvase los originales de estas actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. CÚMPLASE.-
La Jueza Provisoria,


Abg. Mavelyn Urdaneta Aguilar
La Secretaria,


Abg. Kersily A. Parra Ramírez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, devolviéndose original con sus resultas a su interesada, constante de CATORCE (14) folios útiles, quien firmará el libro de Solicitudes en prueba de haber recibido la misma.-
La Secretaria,



Abg. Kersily A. Parra Ramírez
Solicitud Nº 1246-2012
Fecha: 17 – 04 – 2012.
MUA – KaPr – alvis
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