REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Octavo (18º) de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del
Circuito Judicial del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro (24) de abril del año dos mil doce (2012)
202º y 153º


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005056
DEMANDANTE: JAIRO PEÑA
APODERADO JUDICIAL DEL DEMANDANTE: No acreditó
PARTE ACCIONADA: ZIG ZAG SHOES TOLON, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONADA: GUILLERMO ALCALÁ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, veinticuatro (24) de abril del año 2012, siendo las 02:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma únicamente el abogado Guillermo Alcalá, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 45.812, actuando como representante legal de la empresa demandada Zig Zag Shoes Tolón, C.A. Se deja expresa constancia de la incomparecencia a este acto del accionante Jairo Peña, cédula de identidad Nº 14.728.982, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno, en virtud de lo cual, en atención a lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 202° y 153º.
La Juez,
La Secretaria,

Abg. María Mercedes Millán
Abg. María Veruschka Dávila