REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 10 de Abril de 2012
201º y 153º
ASUNTO: AP41-U-2011-000319 SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en horas de despacho del día 27 de Marzo de 2012, por la ciudadana abogada MARIBEL JOSEFINA CASTILLO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad No. 10.819.223, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.533, actuando en su carácter de apoderada judicial del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), y por cuanto las pruebas en el contenidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN todas cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera:
CAPITULO I (DOCUMENTALES):
Las pruebas documentales promovidas por la apoderada judicial del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), se encuentran agregados a los autos:
1. Notificación de la Resolución Culminatoria No. 283-2011-06-43 de fecha 20 de Junio de 2011, debidamente notificada en fecha 29 de Junio de 2011 (folio 153).
2. La Providencia Administrativa No. 0001-09-1457 de fecha 05 de Octubre de 2009, debidamente notificada en fecha 15 de Octubre de 2009 (folio 316)
3. Acta de Reparo No. Fiscal No. 0001-09-1457 de fecha 20 de Abril de 2010, debidamente notificada en fecha 28 de Abril de 2010 (folios 192 al 194)
4. El Informe de Fiscalización suscrito por la Fiscal actuante MARÍA J. ESCOBAR L. titular de la Cédula de Identidad No. 5.258.433 (folios 198 al 204)
5. Escrito de Descargos constante de treinta (30) folios útiles presentado en fecha 23 de Junio de 2010 por ante la Gerencia General de Tributos del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (folios 155 al 184)
6. Resolución Culminatoria No. 283-2011-06-43 de fecha 20 de Junio de 2011, debidamente notificada en fecha 29 de Junio de 2011 (folios 146 al 153)
7. Escrito de Allanamiento Parcial constante de seis (06) folios útiles presentado en fecha 19 de Mayo de 2010 por ante la Gerencia General de Tributos del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (folios 239 al 244).
LA JUEZA,
BEATRÍZ B. GONZÁLEZ.-
LA SECRETARIA,
YANIBEL LÓPEZ RADA.-
BBG/Wjmr.-
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