REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
202° y 153°
ASUNTO: 00008-12
ASUNTO ANTIGUO: AH18-V-1999-000014

PARTE ACTORA: ELIDE FLORES ESTRADA, venezolana, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-5.975.978 e inscrita en Inpreabogado bajo el Nro. 23.218.
MOTIVO: HERENCIA YACENTE MARIA MERCEDES GENATIOS SALOMÓN

Mediante oficio No. 2012-0298, de fecha 13 de febrero de 2012, librado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, le fue remitido este expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los fines de que procediera a su distribución, en virtud a la Resolución No.2011-0062 dictada el 30 de noviembre de 2011, por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. A través de la cual se resolvió en el artículo 1 atribuir competencia como Juzgado Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, correspondiéndole previo sorteo de Ley a este Juzgado conocer de este asunto.
La remisión tuvo lugar en virtud de la entrada en vigencia de la Resolución No. 2011-0062 dictada el 30 de noviembre de 2011, por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a través de la cual se resolvió en el artículo 1 atribuir competencia como Juzgado Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
En fecha 19 de marzo de 2012, el Tribunal dio entrada a esta causa y ordenó hacer las anotaciones en los libros respectivos.
Por auto dictado en fecha 24 de abril de 2012 la Juez conforme a lo establecido en el artículo 5 de dicha Resolución se abocó de oficio al conocimiento de esta causa.
Por auto de fecha 04/ de agosto de 1989, el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, inició el Procedimiento de Herencia Yacente (f.19).
Por diligencia presentada el 31 de enero del 2001, con representación del Fisco Nacional según nombramiento SAT/96/E-845 de fecha 07 de octubre de 1996, emanado del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT) (f. 349); la abogada Elide Flores Estrada solicitó nombrar un Curador (f. 465).
Por auto de fecha 18 de febrero de 2002 se acordó nombrar como Curador Ad-Hoc al ciudadano Francisco José Vega Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo Nro. 26.040 y se libró Boleta de Notificación (f.473).
Por diligencias de fechas 01 de marzo de 2002, 05 de abril de 2002, 02 de mayo de 2002, 31 de julio de 2002, 07 de octubre de 2002 y 28 de septiembre de 2004, la Abogada Elide Flores Estrada solicitó notificación al Curador (f. 475,476, 477, 478, 479, 496).
Por auto de fecha 09 de noviembre de 2004 se acordó y en efecto se libró Boleta de Notificación al Curador (f. 501 y 502).
Por auto de fecha 30 de junio de 2002, el ciudadano Juez Cesar Augusto Mata se abocó a la presente causa (f. 517).
Por auto de fecha 13 de febrero de 2012, se ordenó la remisión del expediente a la unidad de Recepción y Distribución de Expedientes del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (f.534) y se libró oficio No. 2012-0298.
Seguidamente este Tribunal pasa a realizar las siguientes consideraciones:
La Resolución No. 2011-0062, emitida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del 30 de Noviembre de 2011, estableció en su Artículo 1: “Se modifica temporalmente la competencia ... sobre medidas preventivas y ejecutivas... a los Juzgados Segundo, Sexto, Séptimo, Noveno y Décimo de Municipio Ejecutores de Medidas...”.
Asimismo, el Artículo 2 establece: “los Juzgados Segundo, Sexto, Séptimo, Noveno y Décimo de Municipio Ejecutores de Medidas ... se les atribuyen competencias...sólo para resolver todas aquellas causas que se encuentren en estado de sentencia definitiva fuera del lapso legal comprendido hasta el año 2009”.
Igualmente, el Artículo 3:“...los actuales Juzgados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Octavo, Décimo, Undécimo y Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario... remitirán a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, todas aquellas causas que se encuentren en primera instancia, en estado de sentencia definitiva fuera del lapso legal comprendido hasta el año 2009, a los fines de su distribución equitativa a través del Sistema Juris 2000, entre los Jueces Itinerantes señalados en el artículo 2 de esta Resolución” (negrillas y cursivas de este Juzgado).
Ahora bien, visto que del examen realizado precedentemente, se constató que en esta causa, la Abogada Elide Fiones Estrada, en presentación del Fisco Nacional en la Herencia Yacente de la ciudadana Maria Mercedes Genatios Salomón diligenció que se librara Boleta de Notificación en la persona del Curador Ad-Hoc, ciudadano Francisco José Vega Hernández, quien hasta la fecha de la remisión de este expediente no realizó la aceptación del cargo. Este Juzgado declara que en razón que la presente causa no se corresponde con lo preceptuado en los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución in comento, lo ajustado a derecho, es remitir este expediente original, en el estado en que se encuentra al Juzgado de la causa, a los fines que se de cumplimiento a la formalidad antes señalada. Así se declara.
DECISIÓN
Atendiendo a los razonamientos expresados, este JUZGADO SEPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara que en vista que esta causa no se encuentra comprendida en los presupuestos de la Resolución No. 2012-0062, emitida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de Noviembre de 2011, en razón de no haber sido notificado y aceptado el cargo por parte del Curador Ad-Hoc, ciudadano Francisco José Vega Hernández, se ordena su remisión original en el estado en que se encuentra al Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines que se continúe con el proceso y se acuerde la correspondiente notificación al Curador.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los veinticuatro (24) días del mes de abril de dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,

MILENA MÁRQUEZ CAICAGUARE

LA SECRETARIA

JENNYFER GORDON SUÁREZ
En esta misma fecha siendo las 03:00 p.m., se publicó, registró y dejó copia certificada de esta decisión en el copiador respectivo. Asimismo, se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal de la Causa mediante oficio N°: 0052-12.-
LA SECRETARIA

JENNYFER GORDON SUÁREZ
MMC/JGS/3
ASUNTO:00008-12
ASUNTO ANTIGUO: AH18-V-1999-000014