REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

PARTE ACTORA: TITO ARMANDO LEON ROJAS
PARTE DEMANDADA: ISABEL ANTONIA VELASQUEZ
MOTIVO: DIVORCIO
EXPEDIENTE N° 14.527
Maracay, 25 de abril de 2012
202° y 153°
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente contentivo de la demanda de DIVORCIO formulada por el ciudadano TITO ARMANDO LEON ROJAS, contra ISABEL ANTONIA VELASQUEZ DE LEON, y por cuanto del estudio del mismo se observa que las partes involucradas en el presente juicio se encuentra domiciliados en el sector Lomas de Acueducto, calle Acueducto, casa Nro. 036/4230, Parroquia Carmen de Cura Municipio Camatagua, estado Aragua, e igualmente manifiestan en el escrito libelar que fijaron el ultimo domicilio conyugal en la dirección antes señalada, este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio, en virtud de la Competencia Territorial, todo de conformidad con la Resolución 486, de fecha 4 de Julio de 1.990, del Extinto Consejo de La Judicatura, en consecuencia, entréguese el presente expediente en original al funcionario encargado de la distribución llevada por este Tribunal a lo fines de su distribución en su oportunidad legal .-
EL JUEZ

ABG. RAMON CAMACARO PARRA

EL SECRETARIO

Abg. ANOTNIO HERNANDEZ
EXP. N° 14527
RCP/ nury.-