JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA

Palo negro, 20 de abril de 2012
202° y 153°

Parte Actora: YURAIDA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.132.375.

Parte Demandada: VALERA JOSÉ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.612.976

Motivo: FIJACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA


Visto el Acto Conciliatorio celebrado en fecha 17.04.2012, encontrándose presente los ciudadanos YURAIDA GABRIELA PEREZ PACHECO y JOSE ELISEO VALERA TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-13.132.735 y V-11.612.976, respectivamente, en el cual llegaron al convenimiento que cursa en autos al folio veintidós (22), de conformidad con el Artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, este Tribunal, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION en los términos expuestos por las Partes, ordena proceder con el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo previsto en el Artículo 262 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.

LA JUEZA PROVISORIA,

ABG. ROSSANI AMELIA MANAMÁ INFANTE.


LA SECRETARIA,

ABG. YZAIDA MARÍN ROCHE.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Se público y registró la anterior decisión siendo las 10:27a.m.


LA SECRETARIA,










Expte. N° 2325-09
RAMI/s