REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veintiséis (26) de abril de dos mil doce (2.012)
202º y 153º
ASUNTO: AP51-J-2012-006613
SOLICITANTE: ISMENIA VANESA MENESES ROJAS, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.144.948.
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Vistas las anteriores actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos DORLISA MUJICA FLORES y NIDIA PRISCILA MENA DE PEREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.505.237 y V-15.642.136, respectivamente y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor del adolescente ----- de edad y a los ciudadanos ISMENIA VANESA MENESES ROJAS, WILFRED JOSE MENESES ROJAS, YURIBY ANAIS URBAEZ ROJAS, DARWIN ALEXANDER ROJAS y VANUISKA THAIS MENESES ROJAS, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.144.948, V-14.195.571, V-19.967.113, V-21.471.734 y V-9.410.012 respectivamente, todos beneficiarios de la de cujus JACQUELINE COROMOTO ROJAS OVIEDO, quién era portador de la cédula de identidad Nro V- 9.410.012. Se insta a la parte solicitante del presente asunto, para que consigne fotostatos de las actuaciones, una vez cumplido, se procederá a devolver los originales con sus resultas. ASI SE DECIDE. CUMPLASE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, veinticinco (25) de Abril de 2012. Años 202° y 153°.
LA JUEZA,
Abg. AIMAR VALENCIA RIZO.
LA SECRETARIA,
Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.
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